Los beneficiarios del montepío del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) son la viuda/o, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad con incapacidad para trabajar, que dependían económicamente del afiliado o jubilado fallecido.
Para quienes busquen información de la renta mensual que se recibe pueden hacerlo a través de la página web del IESS, en los centros de atención universal o a través del correo electrónico previamente registrado por el pensionista.
LEA: ¿La edad de jubilación en Ecuador aumentará? IESS dio aclaración
Esta pensión es un seguro de muerte del afiliado o jubilado fallecido que generaron derecho, y se entrega al cónyuge, los hijos menores de 18 años o hijos adultos con incapacidad para trabajar y que hayan estado a cargo del asegurado. A falta de cónyuge e hijos, la madre o padre incapacitado que hayan dependido del fallecido podrán solicitar este beneficio.
Quienes generan este derecho son: el jubilado fallecido que recibía pensión de invalidez, vejez o discapacidad, y el afiliado activo fallecido que al momento de su muerte tuvo abonadas por lo menos (60) imposiciones mensuales (5 años de aportes) o que se encuentre dentro del período de protección del seguro de muerte.
LEA: Sindicatos marchan en Quito en defensa de pensiones y derechos, ante la reelección de Daniel Noboa
Esta pensión debe solicitarse a través del portal web del IESS y los requisitos a cumplir para recibir el montepío son varios. El proceso de solicitud se realiza en línea y se debe imprimir y firmar la solicitud generada, además de presentar los documentos requeridos en los módulos de atención al público del IESS:
Las viudas, viudos o convivientes deben presentar los siguientes documentos:
Los hijos menores de 18 años también requieren presentar solicitud de montepío, cédula o certificado de identidad y certificado cuenta bancaria. En los casos en el que el beneficiario sea un hijo mayor de 18 años con incapacidad para laborar, deberá presentar adicionalmente los exámenes y certificados médicos que demuestren la incapacidad. Además del croquis de ubicación domiciliaria del solicitante de montepío.
Debe solicitarse a través del portal www.iess.gob.ec donde se encuentra el formulario. Sigue estos pasos:
La madre del asegurado fallecido que haya vivido a su cargo tendrá derecho a la pensión en el caso de que no haya cónyuge, conviviente e hijos; debe también entregar solicitud firmada y documentación correspondiente.
El padre del asegurado fallecido también podría solicitar esta pensión, en el caso de que no existan los beneficiarios antes mencionados y se encuentre incapacitado, por lo que además de cumplir con los requisitos generales, también requerirá de exámenes y certificados médicos que demuestren su incapacidad para laborar.
Y para consultar e imprimir el certificado de la pensión mensual en línea, el cual se entrega a partir del 18 de cada mes, esta es la forma de hacerlo: