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Judicatura se refiere al fallo de los jueces que restituyeron el cargo de Alcalde de Quito a Yunda

sábado, 31 julio 2021 - 18:33
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Luego de que un Tribunal de Justicia de Pichincha resolviera a favor de Jorge Yunda y le devolviera su cargo como alcalde de Quito, el Consejo de la Judicatura (CJ) se pronunció, este sábado 31 de julio de 2021, en relación al fallo.

"Sobre las decisiones jurisdiccionales de los jueces de la Sala Especializada de lo Civil de la Corte Provincial de Pichincha, Raúl Mariño y Solanda Vera, en el proceso de la acción de protección presentada por el Dr. Jorge Yunda, el Consejo de la Judicatura (CJ), órgano de gobierno, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, informa a la ciudadanía que en esta Función existen dos ámbitos claramente diferenciados", anotó en un comunicado, y que se detallan a continuación:

1. El ámbito jurisdiccional, de administración de justicia:

"Que NO es competencia del CJ, en el que cada juez es responsable de su decisión y corresponde a los propios jueces ejercer su facultad de supervisión y corrección para revisar las decisiones judiciales y declarar la existencia de error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo en la actuación de sus inferiores", argumentó la Judicatura.

Y añadió que, el Consejo de la Judicatura no administra justicia ni puede interferir en las decisiones judiciales porque la Constitución lo prohíbe.

2. El ámbito disciplinario y de prestación del servicio de justicia:

Este ámbito "SÍ es competencia del CJ, el que ha realizado varias acciones de manera oportuna y efectiva: La Dirección Nacional de Transparencia de Gestión abrió una investigación sobre el nombramiento y la designación de la jueza M.B. Domínguez (2015), así como una auditoría del sorteo para la asignación de la causa. Tres servidores fueron suspendidos por la Presidenta del CJ, entre ellos, la jueza previamente mencionada por presumirse irregularidades en el sorteo para asumir la competencia de la causa en primera instancia, MAS NO por su decisión jurisdiccional".

Por último, aclaró que el CJ para activar cualquier proceso disciplinario por las decisiones jurisdiccionales adoptadas por los jueces dentro de procesos constitucionales, se debe contar con dos requisitos: denuncia y declaración jurisdiccional previa expedida por la Corte Constitucional, sobre la existencia de error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo.

Por su parte, el vicealcalde Santiago Guarderas, que había asumido las riendas de la alcaldía tras la remoción de Yunda, tildó el fallo de "espurio" y anunció nuevas acciones legales.

Yunda, quien acudió esta misma tarde a ocupar el despacho municipal, había sido cesado en junio con el voto de 14 de los 21 concejales, incluido el de Guarderas.

Pese a que fue removido, Yunda se mantuvo en el cargo hasta mediados de julio gracias a medidas cautelares, que luego fueron revocadas.

La destitución de Yunda había sido confirmada a inicios de mes por el Tribunal Contencioso Electoral, "que es de ultima instancia", dijo Guarderas.

Y hay "otro fallo espurio que deja sin efecto un proceso de remoción", denunció. Consultado, dijo que el caso lo debe dirimir la Corte Constitucional.

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