Asamblea Nacional aprueba reforma contra la trata de personas: penas llegarán hasta 35 años, entre otros cambios

La reforma actualiza las disposiciones relativas a la prevención, protección, investigación y sanción de delitos.

Por unanimidad de los 144 asambleístas presentes, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reforma a la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, que plantea una actualización del marco legal, con énfasis en la protección de los derechos humanos, la prevención y erradicación de la explotación, así como la persecución de las economías criminales.

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La ponente del informe y presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, Lucía Jaramillo (ADN), destacó que “esta ley constituye una respuesta oportuna, meritoria y pertinente frente a una de las formas más graves de vulneración de la dignidad humana que enfrenta el Ecuador”.

La reforma actualiza las disposiciones relativas a la prevención, protección, investigación y sanción de estos delitos, con el propósito de adecuar la normativa nacional a los estándares internacionales y dar cumplimiento a la sentencia del caso Furukawa, emitida por la Corte Constitucional.

¿Qué cambia en los casos de trata contra menores de edad?

Entre los principales cambios, se refuerzan las garantías para niñas, niños y adolescentes al eliminar la exigencia de probar medios comisivos, como amenazas, fuerza o engaño, para configurar el delito de trata de personas cuando las víctimas sean menores de edad.

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Además, se tipifican de forma autónoma el matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se incorpora la servidumbre de la gleba entre las modalidades de explotación.

La norma también actualiza las penas por el delito de trata de personas en el COIP: de 19 a 22 años de privación de libertad en el tipo básico agravado; de 22 a 26 años cuando la víctima pertenezca a un grupo de atención prioritaria o exista un vínculo de dependencia; de 26 a 30 años si se ocasionan daños graves o irreversibles, y de 30 a 35 años cuando se produzca la muerte de la víctima.

Asimismo, la reforma garantiza protección integral, atención médica y asistencia legal inmediata a las víctimas, sin condicionarlas a su participación en el proceso penal.

También establece un protocolo obligatorio de evaluación de riesgos previo a la ejecución de retornos asistidos.

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Fiscalía y UAFE podrán investigar activos vinculados al crimen organizado

En materia financiera y tecnológica, se faculta a la Fiscalía General del Estado, en coordinación con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), a realizar investigaciones financieras y patrimoniales paralelas para rastrear e inmovilizar activos ilícitos vinculados al crimen organizado.

Asimismo, se incorporan mecanismos preventivos y canales de denuncia anónima para enfrentar la captación de víctimas mediante entornos digitales y redes sociales.

Durante el debate, los asambleístas destacaron la necesidad de fortalecer las herramientas de justicia, combatir la impunidad, coordinar acciones con los GAD y reforzar el control de las plataformas digitales y los sectores de riesgo frente a las redes transnacionales.

El proyecto aprobado será remitido al presidente de la República para su sanción o veto parcial, conforme a la Constitución y a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.