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Una nueva resolución regula los vuelos chárter en el país

viernes, 3 abril 2015 - 10:03
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El Consejo Nacional de Aviación Civil emitió una resolución para regular el límite de vuelos chárter internacionales.

De ahora en adelante, las compañías: Lan, Tame, Avianca, LAC (Línea Aérea Cuencana) podrán operar, cada una, hasta 24 vuelos chárter cada año, para turismo emisivo, es decir, vuelos internacionales con fines turísticos.

Los vuelos chárter corresponden a las operaciones aéreas que no están dentro del horario habitual de las aerolíneas.

Generalmente son utilizados para destinos turísticos, por equipos de fútbol y en casos de emergencia.

El Consejo Nacional de Aviación Civil, integrado por los ministros de Turismo, Transporte y Obras Públicas, y de Comercio Exterior, fue el organismo encargado de emitir la resolución que pone este límite a los vuelos chárter.

Mario Paredes, subsecretario de Transporte Aeronáutico Civil, señala que además de impulsar y fortalecer la regularización del transporte aéreo internacional, hay también otras razones.

Por el momento, la Asociación de Aerolíneas del Ecuador y las empresas de turismo prefieren no pronunciarse hasta hacer un análisis completo de la medida.

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