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Riobamba: curandero fue sentenciado a tres años de cárcel tras encender en llamas a un hombre

miércoles, 27 diciembre 2023 - 13:23
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Un curandero fue sentenciado a tres años de cárcel por el homicidio culposo de un ciudadano que recibió supuestas limpias, pero terminó encendido en llamas.

Todo empezó el pasado 29 de agosto de 2022. Édgar S. T. acudió junto con su esposa al local donde el ahora sentenciado prestaba sus servicios, en el centro de Riobamba (Chimborazo), para solicitarle una “curación”.

Alberto Ll. le dijo al hombre que el tratamiento consistía en tres “limpias”. Ese día practicó el primer procedimiento y le solicitó que regrese al día siguiente, lo que fue cumplido por la víctima.

Para el tercer día, el curandero llegó al domicilio de Édgar, en el barrio San Martin de Veranillo, en el norte de la ciudad, donde colocó unas velas encendidas en el piso de una habitación y luego sopló licor. Como resultado, la víctima se prendió en llamas, según menciona un reporte de la Fiscalía.

El Ministerio Público relata que el hecho fue presenciado por la esposa y el hijastro del afectado, quienes lo trasladaron al Hospital Docente.

Sin embargo, por la gravedad de sus quemaduras, la víctima fue transferida al Hospital Luis Vernaza en Guayaquil, donde falleció el 5 de septiembre de 2022.

Los médicos informaron que el hombre murió tras una falla multiorgánica por quemaduras de segundo grado, que comprometieron el 90% de la superficie corporal.

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AUDIENCIA DE APELACIÓN

Inicialmente, un Tribunal de primer nivel había ratificado el estado de inocencia del curandero, señalando que existían contradicciones entre los testigos presenciales del hecho.

No obstante, la Fiscalía impugnó esta decisión, fundamentando que se trató de un homicidio culposo y que las pruebas presentadas y justificadas por esta institución lo demostraron.

Es así que la Sala Penal de la Corte Provincial de Chimborazo acogió el recurso de apelación presentado por Fiscalía y sentenció a tres años de pena privativa de libertad a Alberto Ll., como responsable del homicidio culposo perpetrado contra Édgar S. T.

El Ministerio Público procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de homicidio culposo con tres a cinco años de cárcel.

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