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Lo que debe conocer sobre el formulario de proyección de gastos personales y el anexo

lunes, 26 febrero 2024 - 18:04
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Faltan pocos días para que se termine el plazo para presentar el formulario de proyección de gastos personales 2024 y el anexo de gastos del 2023. Aquí le explicamos todo lo que debe saber.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó a inicios de este mes el formulario de proyección de gastos personales que se aplica para este año. El documento debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores.

Tienen que hacerlo aquellas personas cuyos ingresos anuales sean superiores a 11.902 dólares, es decir, que ganen más de 991,80 dólares al mes.

Básicamente, en el documento se detallan sus gastos en vivienda, educación, alimentación, salud (se incluye los gastos de las mascotas a cargo del trabajador), turismo, artes y cultura.

Presentado la proyección de gastos, usted podrá recibir una rebaja en su impuesto a la renta.

El valor se calcula entre los gastos personales declarados, el valor de la canasta básica de enero 2024 (789,57 dólares) y el número de cargas familiares, según el siguiente detalle:

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El SRI específica que si el trabajador o sus cargas familiares tienen alguna discapacidad, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, el monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal y, el valor de la canasta familiar básica multiplicado por cien.

Mientras que para los residentes de Galápagos, el valor de la canasta básica deberá ser multiplicado por el Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos (IPCEG) de 1,803.

El formulario de proyección de gastos personales 2024 tiene que presentarse hasta el miércoles 28 de febrero. Descárguelo aquí.

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ANEXO DE GASTOS PERSONALES

Si usted presentó la proyección de gastos el año pasado, deberá realizar el anexo de gastos personales a través de la página web del SRI.

Tiene que justificar sus consumos en vivienda, educación, arte y cultura, alimentación, vestimenta, turismo y salud (se incluyen los gastos generados por las mascotas).

El monto máximo para descontar de su Impuesto a la Renta es el valor menor entre los gastos personales y el valor de la canasta básica (por número de cargas) conforme el siguiente detalle:

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Recuerde que antes de generar el anexo, debe registrar las cargas familiares que dependan en su totalidad de usted.

Las cargas familiares pueden ser los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan totalmente del contribuyente.

Haga el proceso en este link, luego de clic en la opción anexos y anexo de gastos personales en línea.

Tenga en cuenta que el documento se presenta durante febrero conforme el noveno dígito de cédula o RUC, por lo cual algunas fechas ya caducaron:

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Si no sabe cómo hacer el registro de cargas familiares para períodos a partir de 2023, lea la siguiente guía del SRI:

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