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Judicatura cuestiona sentencia de la Corte Constitucional sobre el 'error inexcusable' en las actuaciones judiciales

Tras la sentencia emitida por la Corte Constitucional (CC), el pasado 29 de julio de 2020, sobre una "constitucionalidad condicionada" que se deberá aplicar en casos de supuesta negligencia o error inexcusable en las actuaciones judiciales, el Consejo de la Judicatura (CJ) cuestionó la resolución.
 
"El Consejo de la Judicatura, consciente de que la sentencia N° 3-19-CN/20, emitida por la Corte Constitucional, el pasado 29 de julio de 2020, es de inmediato cumplimiento, acatará lo dispuesto por el máximo Órgano de Justicia Constitucional; sin embargo, considera que ciertos puntos del mencionado documento deben ser aclarados con el fin de que se entienda la afectación directa que tendría en la ciudadanía", puntualizó la entidad.
 
En rueda de prensa realizada, este lunes 24 de agosto de 2020, la presidenta de la institución, María del Carmen Maldonado, explicó que en la mencionada sentencia, existen conceptos ambiguos y contradictorios, así como omisiones en las disposiciones a ejecutarse (procedimientos y plazos), "los mismos que, de no ser subsanados, atentarían gravemente contra la seguridad jurídica del Estado".
 
Anunció que por esta razón, el CJ presentará un recurso de aclaración y ampliación ante la CC, cuya sentencia limita la facultad disciplinaria del CJ para aplicar, de oficio, el artículo 109 numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial, en los procesos disciplinarios contra servidores judiciales que incurrieron en error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo.
 
En su intervención, Maldonado afirmó que la sentencia N° 3-19-CN/20 afectaría el derecho de los ciudadanos a dirigir denuncias y quejas y a recibir una respuesta "fundamentada y oportuna".
 
“Ahora por efecto de esta sentencia, los ciudadanos no podrán acudir directamente al Consejo de la Judicatura para denunciar una presunta manifiesta negligencia sino que deberán primero ir donde un juez para que este declare la falta y luego, el Consejo pueda sancionarla”, afirmó Maldonado, quien alertó que esto podría generar retrasos y una eventual impunidad en la sanción a los jueces, fiscales o defensores públicos que han incurrido en faltas disciplinarias graves.
 
La presidenta del CJ expresó su profunda preocupación por las posibles consecuencias de la decisión de la CC, que dispuso que su sentencia tenga efectos retroactivos, para todos los casos en los que existan procesos judiciales de carácter contencioso administrativo o de garantías jurisdiccionales, propuestos única y exclusivamente por jueces, juezas, fiscales y defensores públicos, en contra de actos administrativos sancionatorios con destitución emitidos por el Pleno del CJ.
 
Es decir que, en todas las causas activas se declararía inmediatamente la inconstitucionalidad del sumario, debiendo volver todo a su estado inicial, sin importar el hecho de si existió efectivamente la infracción por parte del operador de justicia destituido, resaltó la funcionaria.
 
A esto habría que sumar las consecuencias económicas de la aplicación de la sentencia que, de acuerdo a lo que indicó Maldonado, ocasionaría impactos brutales en el presupuesto de la Función Judicial por las eventuales reparaciones económicas que generaría la aplicación retroactiva de la sentencia.
 
Según el actual CJ, a diferencia de administraciones anteriores, la figura del error inexcusable solo se ha aplicado en cuatro casos en los que existió la declaración jurisdiccional previa.
 
El vocal Fausto Murillo Fierro precisó que con la sentencia de la CC, más de 3.000 expedientes disciplinarios deberán esperar el pronunciamiento de instancias jurisdiccionales superiores.
 
A la rueda de prensa asistieron también los vocales Juan José Morillo, Maribel Barreno y Jorge Moreno, el director general, Pedro Crespo y el director de Asesoría Jurídica del CJ, Santiago Peñaherrera.

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