El presidente Daniel Noboa decretó la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15% al 8% para actividades turísticas durante el feriado de Carnaval 2026, que rige a nivel nacional.
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Según lo informado por el Servicio de Rentas Internas (SRI), la medida tiene como objetivo estimular la demanda de actividades y servicios turísticos y contribuir a la dinamización económica del país.
La reducción fue establecida mediante el Decreto Ejecutivo No. 304 y se aplicará desde el sábado 14 hasta el martes 17 de febrero de 2026 para todos los servicios considerados como actividades turísticas.
La disposición señala que únicamente podrán aplicar el IVA del 8% los contribuyentes que consten en el catastro nacional de establecimientos turísticos y que cuenten con el Registro de Turismo, publicado en el portal institucional del Ministerio de Turismo.
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Además, deben tener el debido Registro de Turismo y Licencia Única Anual de Funcionamiento para cada una de las actividades turísticas que realicen.
Los establecimientos habilitados deberán emitir los respectivos comprobantes de venta aplicando la tarifa reducida conforme a la normativa vigente.
El artículo 5 de la Ley de Turismo define como actividades turísticas las siguientes:
Por último, el SRI destacó que con esta medida el Gobierno Nacional busca promover que los ciudadanos recorran las diferentes regiones del país y que consuman la amplia y diversa oferta turística que ofrece el Ecuador, "lo que contribuirá a dinamizar la economía local y fortalecer el proceso de reactivación del sector turístico".