Alcalde de Pujilí, José Alcides Arroyo, irá a cárcel de mujeres por presunto peculado en caso ‘Ornato Municipal’
Los hechos indagados están relacionados con contratos y proyectos ejecutados desde mayo de 2023, cuando Arroyo Cabrera asumió la alcaldía de Pujilí.
El alcalde de Pujilí, José Alcides Arroyo Cabrera, fue enviado a prisión preventiva tras ser procesado por presunto peculado en el caso ‘Ornato Municipal’. En la audiencia de formulación de cargos, que concluyó este sábado 9 de agosto, el juez dispuso que cumpla la medida en una cárcel para mujeres, luego de que su defensa acreditara que en su cédula figura el cambio de sexo.
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Los hechos indagados están relacionados con contratos y proyectos ejecutados desde mayo de 2023, cuando Arroyo Cabrera asumió la alcaldía de Pujilí.
Se presume que el Alcalde, junto con los demás implicados, habría utilizado bienes públicos para beneficio propio o de terceros, aprovechándose de su cargo o de sus facultades como servidor público.
Según la investigación, antes de asumir oficialmente funciones, habría iniciado obras públicas —como la construcción de iglesias, casas comunales y caminos— con supuestos recursos privados. Posteriormente, ya como Alcalde, habría adjudicado esas mismas obras mediante procesos de contratación pública, lo que podría evidenciar un intento de justificar con fondos municipales los gastos efectuados previamente.
Fiscalía halló indicios de presuntas adjudicaciones irregulares en obras como: el coliseo de Zumbahua, el cementerio municipal, la ornamentación urbana, entre otros.
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Alcalde de Pujilí en la cárcel de mujeres
La causa se inició tras la denuncia presentada por el exvicealcalde y una funcionaria del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal Intercultural de Pujilí.
Es así que la madrugada del 7 de agosto de 2025, en un operativo simultáneo ejecutado por Fiscalía y la Policía Nacional en Pichincha, Cotopaxi y Tungurahua, fueron detenidos José Alcides Arroyo Cabrera, María José O. M., Edwin Patricio S. V., Verónica Beatriz V. Z., Tatiana Josselyn L. S., Luz del Rocío S. R., Joaquín V. T., Santiago Alejandro T. M., Diego Napoleón A. N., Héctor Alejandro G. C., Juan José A. C., Patricia Verónica Ch. O., María Fernanda S. B., María Fanny P. L., Byron Patricio T. P., Germán Isaías P. U. y Lennin Ernesto Ch. Q.
Durante veinte allanamientos llevados a cabo en inmuebles de las tres provincias, se recabaron como indicios: memorias externas, computadores, comprobantes de depósitos, documentos, teléfonos celulares y otros elementos que aportarían a la investigación.
En la audiencia, el Fiscal Provincial de Cotopaxi sustentó el inicio de la acción penal contra los sospechosos con base en los elementos de convicción recabados, entre ellos: informes de seguimiento y vigilancia, versiones de los denunciantes, resoluciones de adjudicación de contratos, movimientos bancarios que evidenciarían pagos de dos contratistas a proveedores personales del Alcalde por adquisiciones efectuadas antes de su posesión, y un examen especial de la Contraloría General del Estado, entre otros.
Al finalizar la diligencia, el Juez de la Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha dispuso la prisión preventiva de José Alcides Arroyo Cabrera y otras nueve personas.
Arroyo figura como mujer en su cédula de identidad, aunque no modificó sus nombres. El cambio de sexo en el documento se registró en octubre de 2024, coincidiendo con el inicio de la investigación fiscal por peculado. Por esta razón, el alcalde cumplirá la medida cautelar en la Casa de Confianza de Chillogallo, en Quito.
Mientras que, para otros siete procesados restantes ordenó medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentaciones periódicas –dos veces por semana– ante Fiscalía.
Además, dispuso la prohibición de enajenar bienes y la retención de las cuentas de los procesados. El plazo de la instrucción fiscal será de noventa días.
Este caso se procesa con base en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de peculado con pena privativa de libertad de diez a trece años.