La Unión Europea endurece las normas: desde abril será obligatorio el pasaporte para perros y gatos

El nuevo reglamento europeo refuerza los requisitos sanitarios y de trazabilidad para el traslado de mascotas. La medida busca frenar el tráfico ilegal y garantizar controles de vacunación más estrictos en todo el territorio comunitario.

Un perro y un gato en un aeropuerto.
Ligia Proaño Fabara

La Unión Europea (UE) ha formalizado un endurecimiento en los controles sobre los animales de compañía a través de una nueva normativa que entra en vigor este mes de abril.

El objetivo central de esta disposición es mejorar la seguridad y la trazabilidad de los desplazamientos, consolidando un sistema de identificación que ya operaba de forma parcial en varios Estados miembros, pero que ahora se vuelve estrictamente obligatorio.

Esta medida responde a la necesidad de frenar el tráfico ilegal de mascotas y reforzar el cerco sanitario ante enfermedades transmisibles.

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Aunque la norma busca armonizar las condiciones de viaje en toda la región para evitar vacíos legales, la autoridad subraya que este requisito no pretende burocratizar los traslados, sino garantizar que cada animal que cruce una frontera lo haga con las garantías sanitarias adecuadas para su bienestar y el de las personas.

El pasaporte individual: un requisito indispensable

A partir del 22 de abril, entra en vigor el reglamento que obliga a que todos los perros y gatos cuenten con un pasaporte europeo individual para cualquier desplazamiento no comercial entre países de la Unión. Este documento funciona como una ficha técnica integral del animal que debe incluir:

En países como España, el impacto será menor debido a que la mayoría de las mascotas ya cuentan con este documento al estar vinculado por ley a la implantación obligatoria del microchip.

Vacunación y requisitos sanitarios adicionales

Más allá del documento administrativo, los propietarios deben cumplir con protocolos clínicos específicos antes de emprender un viaje. La vacuna contra la rabia es obligatoria y debe haberse administrado con al menos 21 días de antelación al traslado. Asimismo, se exige una desparasitación interna contra el parásito Echinococcus multilocularis, realizada entre uno y cinco días antes de cruzar la frontera.

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La normativa también establece una edad mínima de 12 semanas para que el animal pueda viajar, asegurando que tenga el desarrollo físico y el esquema de vacunación base completado. El incumplimiento de estas reglas puede derivar en la retención del animal, cuarentenas obligatorias o la devolución al punto de origen.

En jurisdicciones como la española, la falta de identificación adecuada se considera una infracción grave, con sanciones económicas que pueden alcanzar los 50.000 euros.