Los pagos de luz, agua, teléfono y otros servicios podrán empezar a ser considerados como información complementaria al momento de evaluar el perfil crediticio de una persona en Ecuador. La medida consta en una resolución de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, vigente desde el 20 de agosto de 2026.
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La normativa amplía las fuentes que podrían utilizarse para analizar el riesgo crediticio, es decir, la posibilidad de que una persona cumpla o no con sus obligaciones financieras. Actualmente, el historial de pagos permite a los burós calcular el score crediticio, un puntaje que va de 1 a 999.
Sin embargo, los pagos de servicios básicos no aparecerán automáticamente en el buró de crédito. La incorporación de esta información requerirá una nueva resolución de la Junta y deberá cumplir con las normas de protección de datos personales.
¿Qué otros pagos podrán considerarse?
Además de los servicios básicos, la resolución contempla el pago de impuestos como información complementaria, siempre que esté relacionado con el comportamiento de pago, el cumplimiento de obligaciones o la capacidad de endeudamiento.
La norma también reconoce como fuentes obligatorias de información crediticia al sector comercial, las compañías de seguros y reaseguros y las empresas de telecomunicaciones que ofrecen servicios de Internet.
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Pero la implementación no será inmediata. Una vez emitida la resolución que establezca cómo se incorporarán estos datos, la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Compañías tendrán hasta un año y medio para aplicar las disposiciones, mientras que la SEPS tendrá un plazo de un año.