Parque Nacional Galápagos actualiza sus reglas de visita: estas son las nuevas normas y restricciones

La normativa oficializada por la autoridad ambiental fija distancias mínimas con la fauna, exige reserva previa en sitios de alta afluencia y sancionará infracciones detectadas en redes sociales.

La Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG) emitió una nueva resolución con las reglas generales de visita y normas de comportamiento para las áreas protegidas del archipiélago. El documento actualiza las disposiciones vigentes para turistas nacionales, extranjeros y operadores turísticos, con el objetivo de reforzar la conservación de los ecosistemas terrestres y marinos de las islas.

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Entre los principales cambios de la regulación destaca la obligatoriedad del acompañamiento de un guía naturalista acreditado para las visitas, el establecimiento de un sistema de reserva previa para sitios de alta afluencia como Las Grietas o los centros de crianza, y el uso de publicaciones digitales y fotos en redes sociales como prueba administrativa para sancionar incumplimientos.

Distancias de observación y principales restricciones

La normativa establece parámetros específicos para la interacción con la biodiversidad y el uso de los espacios naturales:

  • Distanciamiento con la fauna: Se fija una distancia mínima de 2 metros para caminatas, esnórquel y buceo, y de 4 metros para actividades en kayak o panga. Para el avistamiento de cetáceos se exige una separación de 100 metros frente a ballenas y 50 metros frente a delfines, margen que debe duplicarse si hay presencia de crías.
  • Uso de tecnología y drones: Queda prohibido el uso de flash en fotografías. La filmación profesional, fotografía comercial y el vuelo de drones requerirán de una autorización previa emitida por la DPNG.
  • Prohibiciones en zonas protegidas: Se restringe el consumo de alcohol, cigarrillos y dispositivos de vapeo, así como el uso de parlantes o reproductores de sonido sin auriculares personales. Tampoco se permite el ingreso de plásticos de un solo uso ni el empleo de protectores solares con oxibenzona u octinoxato durante actividades acuáticas.
  • Horarios y control de ingresos: El horario general de visita a los sitios autorizados se mantiene entre las 06:00 y las 18:00, mientras que las actividades de buceo nocturno estarán permitidas de 18:00 a 22:00.
  • Multas, expulsión y monitoreo en redes sociales

    El incumplimiento de estas disposiciones activará un procedimiento administrativo sancionador a cargo de la DPNG, amparado en la Ley Orgánica del Régimen Especial de Galápagos (LOREG) y el Código Orgánico del Ambiente (COA):

  • Sanciones económicas y retiro del área: Las faltas leves o graves —como acercarse en exceso a las especies, volar drones sin permiso o ingresar con plásticos prohibidos— conllevan multas calculadas en salarios básicos unificados y la expulsión inmediata del visitante del sitio protegido.
  • Monitoreo digital como prueba legal: Las imágenes, fotos o videos publicados en plataformas como TikTok, Instagram o Facebook donde se evidencien conductas prohibidas servirán como prueba administrativa directa para aperturar expedientes y sancionar a los infractores o a los operadores turísticos involucrados.
  • Suspensión a operadores y vía penal: Para los guías o agencias que incumplan las normas, la autoridad contempla la suspensión o revocatoria de sus patentes de operación. En casos de maltrato, caza o daño directo a la fauna silvestre, el expediente se remitirá a la Fiscalía General del Estado para el inicio de procesos penales.
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