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Ley de Comunicación pone la lupa en mensajes discriminatorios

jueves, 20 diciembre 2018 - 09:14
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Con las reformas a la Ley de Comunicación, la regulación de los contenidos discriminatorios pasa al Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación (Cordicom), que no tendrá capacidad sancionadora. La Superintendencia de Comunicación (Supercom), eliminada en la norma, era la que emitía sanciones por los contenidos discriminatorios.

Desde su vigencia en 2013, la norma dispuso que el contenido discriminatorio es todo mensaje que connote distinción, exclusión o restricción por razones de etnia, lugar de nacimiento, sexo, identidad de género, condición migratoria, orientación sexual, discapacidad física, entre otras, que tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos.

Con las reformas, se incorpora a la definición si los mensajes también tienen por objeto la propagación de estereotipos que promuevan cualquier tipo de violencia de género o limite la libertad de expresión de los grupos minoritarios.

La ley dispone que la persona afectada podrá ejercer acciones constitucionales o acudir a la Defensoría del Pueblo para que inicie procesos de protección de derechos. Otra forma es que el Cordicom elabore informes técnicos de posibles contenidos discriminatorios que serán remitidos a la Defensoría del Pueblo para que de oficio inicie las acciones correspondientes.

Diana Maldonado, vicepresidenta de la Organización Ecuatoriana de Mujeres Lesbianas, señala que la definición de contenido discriminatorio debe estar mejor definida. “Con la anterior ley se decía que cualquier cosa era contenido discriminatorio y hubo medios sancionados (…) La libertad de expresión también encierra cosas que no nos gustan”, señala.

Hasta 2017, la Supercom emitió 10 sanciones por contenidos discriminatorios de las 684 resueltas en los primero cuatro años de funciones del organismo, según informes de la entidad.

De esas 10 sanciones hubo críticas a la independencia del proceso. La activista Diana Rodríguez, cercana al anterior Gobierno, denunció a la serie La Pareja Feliz por comentarios homofóbicos, y la asambleísta Soledad Buendía, quien entonces formaba parte del movimiento oficialista cuando el expresidente Rafael Correa lo lideraba, denunció a Diario Extra por un segmento que consideró sexista.

Fin al castigo

Silvia Buendía, activista feminista y LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales), aplaude que la ley ya no tenga un carácter punitivo. Indica que los mensajes discriminatorios fueron una “excusa para controlar y sancionar la libertad de expresión”.

“Las opiniones que pueden ser horribles, estúpidas o emitidas desde la ignorancia, también están protegidas por la libertad de expresión”, acota. Y, agrega, no necesariamente son discriminatorias; sí diferencia que un mensaje es discriminatorio cuando menoscaba derechos.

En el libro El Delito de Expresarte, en el que participaron varios autores, la activista indica que la erradicación del discrimen no se da mediante la sanción de medios de comunicación, sino con la educación y la formación.

Y, además, de participación y ampliación de voces de colectivos que sufren discriminaciones. En 2010, un informe de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló que los contenidos discriminatorios deben ser refutados y no silenciados. “Quienes promueven esas visiones necesitan ser persuadidos de su error en el debate público. Ante la inequidad de las opiniones, no hay mejor respuesta que la justicia de los argumentos, y eso requiere más y mejor discurso, no menos”.

En ese sentido propone políticas como apoyo económico a producciones comunicacionales de grupos desventajados, estrategias educativas orientadas en la estigmatización y estereotipación, medidas orientadas para que las personas afectadas por expresiones discriminatorias puedan responder y reserva de secciones del espectro radioeléctricos para medios comunitarios operados por grupos excluidos.

En las reformas aprobadas por la Asamblea, en la sección de medios comunitarios, se incluye a los que tengan programación pluralista, inclusiva, intercultural, académica, educativa y formativa, con enfoque de género, defensora de los derechos humanos y de la naturaleza. Y en las acciones afirmativas hay un fondo permanente de fomento para la instalación, equipamiento, capacitación, investigación y producción de contenidos con enfoque intercultural y de género.

Diana Maldonado considera que esta disposición amplía las voces para que las personas tengan más perspectivas sobre las realidades de las mujeres o la población LGBTI y no sólo un punto de vista.

En la integración de la Cordicom, sin embargo, no hay participación de movimientos de mujeres o de la población LGBTI pese a que el organismo regula ahora los contenidos discriminatorios. Sí se incluyeron a organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas, organizaciones de los pueblos afro ecuatorianas y organizaciones de los pueblos montubios. Además, la Cordicom estará integrada por integrantes de las funciones Ejecutiva, Transparencia y Control Social, gobiernos autónomos descentralizados y de universidades que mantengan la carrera de Comunicación.

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