El presidente de la República, Daniel Noboa, suscribió un nuevo estado de excepción por "grave conmoción interna" mediante el decreto ejecutivo No. 423 emitido este martes 16 de junio.
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La medida abarca las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, además de los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y La Troncal (Cañar), según consta en el documento oficial.
El mandatario apuntó que el estado de excepción tendrá una vigencia de sesenta días y, además, se suspenden los derechos a la inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia.
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Medidas del estado de excepción
Como parte de las medidas que se llevarán a cabo en el marco del estado de excepción, el presidente Noboa incluyó la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio, que permitirá a las fuerzas de seguridad -Policía Nacional y Fuerzas Armadas- la realización de allanamientos inmediatos.
Para su ejecución, el Ejecutivo puntualizó que estos allanamientos se realizarán cuando existan indicios "objetivos y razonables" de que en el interior de un inmueble se oculten integrantes de grupos de delincuencia organizada, o se encuentren armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros objetos que constituyan un delito.
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Sobre la suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia, el Gobierno argumentó que esto permitirá la identificación, análisis, recopilación de información pertinente e indispensable para prevenir o neutralizar amenazas.
Por último, el presidente ordenó la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito que resulten estrictamente necesarios para garantizar la continuidad de las operaciones de las fuerzas de seguridad.
Al respecto, el Gobierno dice que se garantizará la devolución de los bienes no fungibles una vez satisfecha la necesidad o al término del estado de excepción; o, indemnizando el servicio o bienes requisados.
Para el cumplimiento del estado de excepción, se dispuso el empleo e intervención de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional en estas diez provincias y tres cantones, con el fin de precautelar la protección interna, así como para prevenir, contrarrestar o neutralizar cualquier actividad criminal o delincuencia.