Créditos vehiculares: ¿Pueden quitarme el carro por una deuda?

Cuando se trata de un crédito vehicular, el incumplimiento de las cuotas puede derivar en la ejecución de la garantía y el retiro del automotor.

Entre enero y mayo de 2026 se comercializaron 63.773 vehículos nuevos en Ecuador, un 40,9% más que en el mismo período de 2025, según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI). En la mayoría de las veces los automotores vendidos dependen de algún tipo de financiamiento. Pero, ¿Qué pasa cuando por alguna razón se dejan de pagar las cuotas del crédito de un carro?

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El temor principal de los deudores es la posibilidad de que se les retire el vehículo. César Coronel, abogado de Defensa Deudores Ecuador, explica que antes de que esto pase debe haber un proceso legal previo y una orden emitida por una autoridad competente y no únicamente por decisión del acreedor.

En el país una persona puede perder su vehículo por una deuda, pero no de forma automática. El carro puede ser embargado para cobrar obligaciones como tarjetas de crédito, préstamos de consumo u otras deudas impagas. Además, cuando se trata de un crédito vehicular, el incumplimiento de las cuotas puede derivar en la ejecución de la garantía y el retiro del automotor", explica.

Entre enero de 2023 y febrero de 2026 se registraron 53.351 procesos judiciales relacionados con embargos de automotores, que surgieron por el incumplimiento de créditos automotrices garantizados con prenda o reserva de dominio. Del total, el 47,6% se concentra en Guayas, mientras que el 18,05% está en Pichincha.

¿En qué casos se embargan los vehículos?

Embargo por otras deudas: Cuando una persona mantiene deudas impagas por tarjetas de crédito, con casas comerciales o préstamos de consumo, el acreedor puede iniciar acciones legales para cobrar la obligación. Si existe una orden de autoridad competente, el vehículo puede ser embargado como parte de los bienes del deudor para cubrir el monto adeudado.

Muchas personas creen que primero deben ser notificadas para que se ordene un embargo, pero en procesos ejecutivos por cobro de un pagaré, esta medida puede disponerse incluso antes de la citación con la demanda. No obstante, si el vehículo tiene una prenda vigente a favor de otro acreedor, el embargo podría revocarse", detalla Coronel.

Crédito vehicular en mora: La situación es distinta cuando la deuda corresponde al crédito utilizado para comprar el mismo vehículo. En estos casos, el acreedor está respaldado por una prenda o una reserva de dominio, por lo que el incumplimiento de pago puede dar paso a la ejecución de la garantía y al retiro del bien.

La diferencia es que, en un caso, el vehículo forma parte del patrimonio del deudor y puede ser embargado para pagar una obligación y en el otro, el propio vehículo es la garantía del crédito con el que fue adquirido.

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¿Qué alternativas tienen los deudores de créditos automotrices?

La Ley Orgánica para la Regulación de los Créditos para Vivienda y Vehículos contempla una protección especial para determinados deudores de créditos automotrices.

La norma permite extinguir totalmente la deuda mediante la entrega del vehículo o la ejecución de la garantía, cuando se cumplen las siguientes condiciones:

  • Que se trate de un único vehículo de uso familiar o personal.
  • Que el monto inicial del crédito no supere los 100 salarios básicos unificados.
  • Que exista una prenda o reserva de dominio constituida como garantía.
  • Cuando estos requisitos se cumplen, la entrega del vehículo extingue la totalidad de la obligación, incluidos capital, intereses, recargos, multas y gastos legales. "Esta es una norma poco conocida que evita que una persona continúe endeudada después de perder o devolver el vehículo que garantizaba el crédito. Su objetivo es impedir que el problema financiero se extienda al resto del patrimonio familiar", afirma Coronel.

    Esta protección también opera cuando el acreedor ejecuta la garantía y retira el vehículo, siempre que el crédito cumpla las condiciones previstas en la ley.

    El especialista recomienda que las personas con dificultades para pagar su crédito vehicular revisen de inmediato las condiciones de su contrato para determinar si existe prenda, reserva de dominio u otra garantía asociada al financiamiento.