Regulación exige menos emisiones de óxido de azufre en los buques

Desde el 2020, el límite de contenido de azufre en el combustible usado a bordo de los buques fue reducido. Sin embargo, a mediados del próximo año la Organización Marítima Internacional revisará nuevamente esta estrategia para emitir controles más estrictos de dichas emisiones.
Redacción Enfoque
El mar Mediterráneo fue designada la zona de control de las emisiones de óxidos de azufre de los buques.

Desde el 2020, el límite de contenido de azufre en el combustible usado a bordo de los buques fue reducido. Sin embargo, a mediados del próximo año la Organización Marítima Internacional revisará nuevamente esta estrategia para emitir controles más estrictos de dichas emisiones.

De acuerdo a la Organización Marítima Internacional (OMI) el principal tipo de hidrocarburos usado como combustible en los buques es el fueloil pesado, derivado del residuo de la destilación del petróleo crudo.

El petróleo crudo contiene azufre que, tras la combustión en el motor, es liberado en la atmósfera junto con el resto de emisiones del buque. Alrededor de este derivado, se han mencionado una serie de afectaciones, no solo en el ambiente sino también en daños severos para la salud humana.

Por ello, las reglas de la OMI para reducir las emisiones de óxidos de azufre entraron en vigor en 2005, sin embargo, desde el 1 de enero de 2020, el límite de contenido de azufre en el combustible usado a bordo de los buques que operen fuera de las zonas de control de emisiones designadas fue estipulado en el 0.50 % masa/masa, frente al límite actual de 3,50%, que ha estado en vigor desde el 1 de enero de 2012.

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La interpretación de “fueloil utilizado a bordo” incluye el usado en los motores principales y auxiliares y en las calderas. Pero también hay exenciones previstas en situaciones necesarias para salvaguardar la seguridad del buque o la vida humana en la mar, o también si un buque o su equipo están dañados.

Asimismo, hay un permiso para realizar ensayos de desarrollo de tecnologías de reducción de las emisiones de los buques y programas de proyecto de motores.

Al cumplirse esta normativa, una reducción en el límite de óxidos de azufre procedentes de los buques tendría beneficios tangibles para la salud, particularmente para las poblaciones cercanas a los puertos y las rutas principales del transporte marítimo.

Las reglas de los óxidos de azufre (estipuladas en el convenio MARPOL) se aplican a todos los buques, sin importar si viajan internacionalmente, entre dos o más países o si realizan viajes nacionales, únicamente dentro de las aguas de una Parte en el Anexo MARPOL.

Por otro lado, el Comité de protección del medio marino (MEPC) de la OMI ha reiterado su compromiso de revisar y reforzar la Estrategia inicial de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques, con miras a adoptar una estrategia revisada a mediados de 2023. Por ello, acordó designar todo el mar Mediterráneo como zona de control de las emisiones de óxidos de azufre, lo que significa que los buques tendrán que cumplir, a partir de 2025, con controles más estrictos de las emisiones de óxido de azufre.

La enmienda podría entrar en vigor a mediados de 2024, y el nuevo límite a partir de 2025.

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