¿Qué hacer si te demandan por no pagar tus deudas en Ecuador en 2026? Guía legal actualizada
Ante una demanda por deudas, la ley define cómo debe notificarse al demandado, cuáles son los tiempos para responder y qué medidas puede ordenar un juez. Te lo contamos aquí.
En Ecuador, el incumplimiento de deudas puede derivar en una demanda judicial iniciada por los acreedores. Este tipo de procesos, aunque pueden resultar intimidantes, se rigen por normas procesales claras que buscan equilibrar los derechos de todas las partes involucradas. Aquí te explicamos, con base en el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y otras fuentes oficiales, qué pasos seguir y qué derechos tienes como deudor.
1. ¿Cómo se inicia una demanda por deudas?
Antes de llegar a la vía judicial, normalmente el acreedor agota medios extrajudiciales, como contactos telefónicos o cartas solicitando el pago de la deuda. Si estas gestiones no prosperan, puede presentarse una demanda civil ante un juzgado competente para reclamar el pago de lo debido.
El proceso judicial se inicia formalmente con la presentación de la demanda acompañada del documento que respalde la obligación. En casos de títulos ejecutivos, como pagarés, contratos o letras de cambio, se puede utilizar el procedimiento ejecutivo para acelerar el cobro.
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Una vez admitida la demanda, el juzgador ordena su notificación al demandado conforme a lo establecido en el COGEP, lo que incluye la entrega personal o mediante tres boletas en el domicilio.
2. Recepción de la notificación: ¿qué hacer?
Al recibir una notificación judicial por una deuda, lo primero es conservar la calma y entender que la ley prevé plazos y formalidades estrictas. Esto te permite organizar una respuesta dentro de los tiempos legales sin caer en decisiones impulsivas.
El COGEP establece que, tras la notificación, el demandado tiene derecho a contestar la demanda por escrito, señalando si reconoce o niega los hechos y aportando pruebas. En el proceso ejecutivo, estas respuestas deben formalizarse ante el juez dentro de los términos permitidos.
3. Opciones de defensa dentro del proceso
La contestación a una demanda abre la puerta para presentar defensas. El COGEP contempla excepciones previas que pueden interrumpir o rechazar la acción del acreedor si se demuestra alguna irregularidad procesal, como incompetencia del juez, falta de legitimación o prescripción de la deuda.
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Además, en el procedimiento ejecutivo también existe la posibilidad de oponerse alegando, por ejemplo, que el título presentado no es ejecutivo o es incorrecto. Esta oposición puede llevar a una audiencia en la que se valoran estas pruebas antes de continuar con la ejecución.
4. ¿Qué puede pasar si no respondes?
De no contestar la demanda dentro del plazo establecido, el juez puede dictar sentencia en tu contra automáticamente, ordenando el cumplimiento de la obligación de pago sin posibilidad de recurso en ese momento.
En los procesos ejecutivos, si el deudor no presenta oposición o esta no prospera, el procedimiento continúa con la ejecución forzosa, que puede incluir embargos y remates de bienes.
5. Embargo y remate: acciones previstas por ley
Una de las herramientas que el juez puede aplicar en un juicio de cobro es la orden de embargo. Esta medida permite asegurar bienes o derechos económicos del deudor para garantizar el pago de la deuda reclamada. La ley prevé la ejecución sobre dinero, cuentas bancarias o bienes muebles e inmuebles suficientes para cubrir la obligación.
Si el embargo no logra satisfacer la deuda, el juez puede ordenar el remate público de los bienes embargados, proceso en el cual se venden para cubrir el monto adeudado.
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6. Prescripción y otras alternativas
La prescripción es una figura legal que extingue el derecho de cobro si el acreedor no actúa dentro de los plazos establecidos por la ley. En Ecuador, las acciones ejecutivas para cobrar deudas tienden a prescribir en un plazo determinado (según interpretación doctrinal y decisiones judiciales), y puede ser usada como defensa siempre que se pruebe ante el juez.
Además, incluso durante el juicio, las partes pueden buscar conciliación o acuerdos de pago antes de que se dicte sentencia, lo que puede resultar en soluciones más flexibles para el deudor.
7. Prisión por deudas: ¿es posible?
Es importante aclarar que, bajo la legislación ecuatoriana, no existe prisión por deudas civiles comunes, como de tarjetas de crédito o préstamos. La privación de libertad solo procede en casos específicos, como el incumplimiento de pensiones alimenticias o actos fraudulentos relacionados con la deuda, pero no por el simple hecho de no poder pagar.
Enfrentar una demanda por deudas en Ecuador implica conocer los pasos legales desde la notificación hasta la posible ejecución. Actuar con asesoría legal oportuna y dentro de los plazos procesales que establece el COGEP puede marcar la diferencia para proteger tus derechos y explorar alternativas de solución.