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Se acortan las distancias por el segundo lugar: Pichincha concluyó el reconteo de actas con inconsistencias

miércoles, 10 febrero 2021 - 01:49
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Este miércoles 10 de febrero, la Junta Provincial Electoral de Pichincha concluyó con el reconteo de actas con inconsistencias numéricas y de firmas para la dignidad de Presidente y Vicepresidente de la República.
 
En la provincia se revisaron 784 actas con inconsistencia de las cuales 69 presentaban inconsistencia por firmas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha enfatizado que esta actividades se desarrollan en presencia de representantes de las distintas organizaciones políticas, observadores nacionales e internacionales y medios de comunicación, debidamente acreditados, y que además se contó con el resguardo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
 
Con el 99,70 % de las actas procesadas a nivel nacional, se acortan las distancias en los resultados oficiales parciales entre los candidatos Yaku Pérez y Guillermo Lasso, lo que mantiene en zozobra al país respecto a quién acompañará al correísta Andrés Arauz en el balotaje del próximo 11 de abril.
 
Hasta el momento, Pérez tiene el 19,65 % de los votos y Lasso ha acumulado 19,60 %, según las estadísticas del CNE. Aún faltan por computar actas que han presentado alguna incidencia.
 
Según el CNE, las sesiones de escrutinio se extenderán hasta el próximo 17 de febrero, es decir luego de 10 días contados a partir del lunes 8 de febrero, salvo que, por motivos específicos y justificados el Consejo Nacional Electoral disponga la extensión de esos plazos, así lo establece el artículo 132 del Código de la Democracia.
 
De esa manera, cuando el escrutinio en cada provincia culmine, las organizaciones políticas serán notificadas, en el lapso de 24 horas, con los resultados obtenidos. Esas cifras podrán ser recurridas por los partidos y movimientos políticos en un tiempo de 48 horas.
 
Para que una Junta Provincial Electoral decida recontar los votos de una de las Juntas Receptoras del Voto, deberán cumplirse una de tres particularidades previstas en el Código de la Democracia:
 
-El acta de escrutinio fue rechazada por el sistema porque la diferencia entre el número de sufragantes y el número de sufragios es mayor al 1 %.
 
-La otra causal es que en el acta de escrutinio falten las firmas del presidente o secretario de la Junta Receptora del Voto.
 
-Y la tercera razón es que el acta computada no coincida con la copia del acta de escrutinio o de resumen de resultados de la Junta Receptora del Voto que tienen los sujetos políticos.
 

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