Toque de queda en Ecuador: ¿quiénes están exentos de la restricción y pueden circular de madrugada?

La restricción de movilidad regirá de 00:00 a 05:00 en cuatro provincias.

El nuevo toque de queda que regirá en Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro desde este jueves 17 de septiembre genera dudas sobre quiénes podrán movilizarse durante las horas de restricción. La medida estará vigente hasta el 30 de septiembre y limitará la circulación entre las 00:00 y las 05:00, como parte del estado de excepción establecido mediante el Decreto Ejecutivo 498.

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La restricción no se aplica de la misma manera a todas las personas. El decreto contempla excepciones para quienes cumplen funciones consideradas esenciales durante la emergencia. Entre ellas están los trabajadores de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Privada Complementaria, integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, personal de entidades complementarias de seguridad y quienes trabajan en gestión de riesgos, emergencias y desastres.

¿Quiénes pueden circular durante el toque de queda?

Además de las actividades expresamente exceptuadas, el Decreto 498 establece que los controles deberán ejecutarse de manera racional y proporcional, tomando en cuenta las circunstancias particulares de cada caso. Esto contempla situaciones de necesidad o emergencia que puedan justificar un desplazamiento durante el horario restringido. Por ello, no se establece una autorización general para circular, sino que cada situación deberá ser evaluada según las circunstancias.

Una de las dudas está relacionada con las personas que tengan vuelos durante la madrugada. El decreto no establece una excepción específica para pasajeros que deban trasladarse hacia o desde un aeropuerto. Sin embargo, las autoridades deberán considerar las situaciones de necesidad o emergencia al realizar los controles.

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El documento también dispone que se garantice la continuidad de servicios públicos, sectores estratégicos, administración de justicia y determinadas actividades de organismos internacionales y de medios de comunicación, bajo las condiciones señaladas en la medida.

El toque de queda es una medida distinta al estado de excepción, que fue declarado por 60 días en ocho provincias: El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas, y tres cantones. La restricción nocturna de movilidad, en cambio, está focalizada únicamente en las cuatro provincias mencionadas.