Asamblea aprueba reformas a la Ley de Transporte: hay cambios para las licencias, delivery y motos eléctricas

Se crea el Registro Nacional de Conductores y Vehículos destinados al servicio de 'delivery'.

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó este jueves 3 de septiembre las reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que introducen cambios en la emisión de las licencias de conducir, además de nuevas regulaciones para los servicios de entrega a domicilio 'delivery'.

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La iniciativa obtuvo 87 votos a favor, 50 en contra y dos abstenciones. En la sesión se registró la presencia de 139 legisladores, mientras que 12 estuvieron ausentes.

El informe para segundo debate fue elaborado por la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, presidida por la asambleísta Valentina Centeno, de Acción Democrática Nacional (ADN).

Registro Civil podrá emitir licencias de conducir

El proyecto aprobado permite que la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación se encargue de entregar licencias de conducir.

No obstante, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) mantendrá la rectoría, planificación, regulación y supervisión técnica del sistema nacional de licencias.

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La reforma también determina que la capacitación en una escuela de conducción será obligatoria únicamente para obtener una licencia por primera vez.

Para la renovación se exigirán evaluaciones visuales, teóricas y psicosensométricas, entre otras que establezca la normativa.

Registro para repartidores de delivery

El texto también crea el Registro Nacional de Conductores y Vehículos destinados al servicio de transporte de bienes y servicios a domicilio, que estará administrado por la ANT en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados.

La inscripción estará dirigida a las personas que realicen entregas a domicilio en motocicleta, independientemente de la modalidad de contratación, vinculación o intermediación con empresas y plataformas digitales.

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Sin embargo, el Pleno no aprobó la Disposición Reformatoria Sexta, que proponía modificar el artículo 390 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para sancionar como contravención de tránsito a los repartidores que prestaran el servicio sin estar inscritos en ese registro.

Motocicletas eléctricas

La reforma también incorpora regulaciones para las motocicletas eléctricas, ciclomotores, triciclos, tricimotos, cuadrones y cuadriciclos eléctricos.

Estos vehículos deberán contar con el respectivo título habilitante y pagar la tasa del Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT).

Asimismo, la ANT tendrá que definir la clasificación, los límites de velocidad, las condiciones de circulación y el equipamiento mínimo de seguridad para estos vehículos.