Declaran fallida audiencia de Jorge Glas por ausencia de abogado
El exvicepresidente cumple una pena de ocho años de cárcel por cohecho y asociación ilícita y otra de 13 años de prisión por malversación de fondos públicos.
Un juez declaró este jueves fallida la audiencia de habeas corpus solicitada a favor del exvicepresidente Jorge Glas, recluido en la prisión de máxima seguridad del país andino, debido a la ausencia del abogado de la persona que interpuso el recurso, algo que niega su equipo legal.
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El magistrado suspendió la diligencia al asegurar que el abogado Marcel Orellana no había comparecido ni de forma presencial ni virtual; sin embargo, el equipo legal del exvicepresidente afirmó que se le negó el acceso a la sala virtual.
El exvicepresidente está recluido en la Cárcel del Encuentro, la prisión de máxima seguridad construida por iniciativa del presidente Daniel Noboa e inspirada en el modelo carcelario del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, donde cumple una pena de ocho años de cárcel por cohecho y asociación ilícita y otra de 13 años de prisión por malversación de fondos públicos.
El habeas corpus correctivo fue solicitado por un hombre llamado Rómulo Cáceres -de quién se desconoce la relación con el exvicepresidente-, quien busca que se declare que las condiciones en las que Glas está encarcelado “conculcan su derecho a no ser torturado, a no ser tratado en forma cruel, inhumana o degradante”.
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Por lo que pide que el servicio nacional de prisiones garantice y aumente las porciones de alimentos que Glas recibe y que se ordene al Ministerio de Salud que le otorguen atención médica especializada.
Antecedentes del caso
El pasado 28 de diciembre, otro juez negó a Glas un habeas corpus con el que buscaba salir de la cárcel para ser internado en un hospital.
El Ministerio de Salud señaló en ese entonces que el exvicepresidente había recibido 40 atenciones médicas desde su llegada a la prisión de máxima seguridad, el 10 de noviembre, y que no necesitaba ser trasladado a un centro médico.
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Su defensa dijo en esa fecha que el trato que recibía el expolítico significaba un incumplimiento de las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en noviembre pasado, en las que ordenó al Estado ecuatoriano garantizar su salud física y mental.