¿Qué hacer si el SRI no cumple con la devolución del IVA a adultos mayores?
Ante las demoras en las acreditaciones, los beneficiarios cuentan con mecanismos administrativos y judiciales para exigir el respeto a sus derechos tributarios. Te contamos cuáles son.
El beneficio de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los adultos mayores en Ecuador es un derecho consagrado en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI). Sin embargo, en los últimos meses, miles de ciudadanos mayores de 65 años han reportado retrasos significativos que superan los plazos legales establecidos.
Para quienes dependen de estos recursos para gastos médicos y de alimentación, es fundamental conocer las rutas legales para actuar cuando el Estado no cumple con el pago oportuno.
Los tiempos legales del SRI
De acuerdo con la normativa vigente y los manuales de servicios del Servicio de Rentas Internas (SRI), la administración tributaria dispone de un plazo máximo de 60 días hábiles para emitir una resolución respecto a la solicitud de devolución. Una vez emitida la resolución favorable, el proceso de acreditación disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Economía y Finanzas.
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A pesar de que el proceso puede realizarse de forma presencial o a través del portal 'SRI en Línea', la realidad operativa ha mostrado brechas. Según datos oficiales del SRI, el monto máximo de devolución mensual para el año 2025 se calcula sobre dos Salarios Básicos Unificados (SBU), lo que representa un techo de 141 dólares mensuales (considerando el SBU de 470 dólares). Cuando este valor no llega a las cuentas bancarias registradas en el tiempo previsto, el ciudadano no debe quedarse de brazos cruzados.
El Reclamo Administrativo: El primer paso
Si el plazo de 60 días hábiles ha vencido y no existe una notificación en el buzón electrónico del contribuyente, el primer mecanismo es el reclamo administrativo. Este se fundamenta en el artículo 119 del Código Tributario y permite al beneficiario exigir una respuesta formal sobre su trámite.
Para iniciar este proceso, el adulto mayor puede presentar un escrito en las ventanillas del SRI a nivel nacional o utilizar los canales digitales habilitados. En este documento se debe detallar el número de trámite, la fecha de presentación y la solicitud expresa de cumplimiento.
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El SRI tiene la obligación de analizar el caso y notificar una resolución u oficio de respuesta. Es vital que el solicitante verifique que su cuenta bancaria esté activa y debidamente validada en el sistema, ya que esta es una de las causas comunes de trabas administrativas.
La Acción de Protección: ¿Una solución efectiva?
Ante la persistencia de los retrasos, diversos colectivos de jubilados han escalado sus quejas al ámbito judicial mediante la acción de protección. Esta garantía jurisdiccional busca proteger derechos constitucionales cuando estos son vulnerados por actos u omisiones de una autoridad pública.
Aunque algunas sentencias iniciales han sido desfavorables para los gremios, bajo el argumento de que existen otras vías administrativas, los expertos legales señalan que la acción de protección sigue siendo un recurso válido si se demuestra que la falta de pago afecta el derecho a una vida digna o a la salud de grupos de atención prioritaria.
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La Defensoría del Pueblo también juega un rol crucial en este escenario, brindando acompañamiento legal a los adultos mayores que no cuentan con recursos para contratar defensa privada.
Recomendaciones para evitar bloqueos
Para asegurar que el proceso no se detenga por errores de forma, el SRI enfatiza en seguir estas pautas:
Aunque la devolución del IVA enfrenta desafíos fiscales, el marco jurídico ecuatoriano ofrece herramientas para que los adultos mayores exijan la restitución de sus valores. La persistencia en los reclamos administrativos y, de ser necesario, el recurso a las garantías constitucionales, son las vías para garantizar que el Estado cumpla con su obligación frente a la tercera edad.