CNE niega inscripción de siete precandidatos: "adeudar pensiones alimenticias es un impedimento constitucional"

Carolina Farfán
Fernando Balda fue impedido de participar por adeudar pensiones alimenticias, según el CNE.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) rechazó la solicitud de inscripción de las candidaturas para asambleístas nacionales de siete precandidatos. La resolución se dio a conocer este miércoles 14 de octubre de 2020.
 
Se trata de los movimientos políticos nacionales Pachakutik, Unión Ecuatoriana, Construye y Libertad es Pueblo, así como una candidatura de ámbito provincial.
 
Entre los postulantes consta el exprefecto de Zamora Chinchipe, Salvador Quishpe, quien encabeza la nómina de Pachakutik. Otro aspirante con esa inhabilidad es Fernando Balda, quien lidera la lista de Libertad es Pueblo.
 
La decisión se tomó sobre la base del informe técnico jurídico que determinó que los precandidatos de estas organizaciones políticas están incursos en las prohibiciones e inhabilidades establecidas en el numeral 3 del Art.113 de la Constitución y en el mismo numeral del Art. 96 del Código de la Democracia y también se fundamentan en la sentencia 185-2018-TCE que señala:
 
"De aceptarse la alegación del candidato (...), se estaría permitiendo que éste se beneficie de su dolo, que a sabiendas que tiene prohibición constitucional y legal, al momento de postularse como candidato a un cargo de elección popular, no solo que omite, sino pretende engañar e inducir al error al órgano electoral jurisdiccional".
 
Además, el numeral 3 del Art. 113 de la Constitución señala que no podrán ser candidatos de elección popular "quienes adeuden pensiones alimenticias".
 
En cumplimiento al Código de la Democracia, el CNE otorgó dos días de plazo a las mencionadas organizaciones políticas para que designen el reemplazo de esas candidaturas.