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Despenalización del aborto entrará a debate en la Asamblea Nacional

martes, 9 marzo 2021 - 09:19
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El plazo para que la comisión ocasional para atender temas y normas sobre niñez y adolescencia presente el informe para segundo debate de l proyecto de Código para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Copinna) vence este miércoles 10 de marzo.  
 
Han transcurrido dos años y medio en los que la comisión ocasional para atender temas y normas sobre niñez y adolescencia, presidida por Encarnación Duchi (PK-BIN), no termina de aprobar el informe para el definitivo debate del Copinna.
 
El borrador de informe consta de al menos 650 artículos, más las disposiciones generales, transitorias y reformatorias y  plantea despenalizar el aborto en niñas y adolescentes si el embarazo es consecuencia de una violación.
 
Se trata de una reforma al artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referente al aborto no punible, donde se señala que: “El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos (...)
 
Los legisladores miembros de la comisión acordaron que a continuación del numeral 2, del artículo 150 del COIP, se incorpore el siguiente texto: “Si el embarazo es consecuencia de una violación a la niña o adolescente”.
 
En septiembre de 2019, la Asamblea negó la despenalización del aborto en caso de violación, contemplada dentro del proyecto de reformas al COIP.
 
El proyecto de código también incluye el acceso gratuito a anticoncepción oral de emergencia y a información sobre interrupción terapéutica del embarazo en caso de violación y/o abuso sexual o riesgo a la salud integral de la niña o la adolescente.
 
También en el artículo referente al derecho a la protección de niñas y adolescentes en condición de embarazo, se propone que sin perjuicio de las normas, políticas y acciones públicas y privadas encaminadas a la prevención y erradicación del embarazo infantil y adolescente, las niñas y adolescentes embarazadas tienen derecho a la protección especial y a la atención integral por parte del Estado.
 
Esta atención integral comprenderá el derecho a acceder a procedimientos de interrupción del embarazo en condiciones de seguridad y salubridad para evitar el riesgo para la vida, para la salud integral de la niña o adolescente embarazada y en caso de violación, después conocer y comprender a nivel social y psicológico, exhaustiva y profundamente los efectos.
 
El código en discusión incluye los derechos a la salud sexual y reproductiva, donde se propone que las niñas, niños y adolescentes tendrán autonomía, libertad y el derecho a la integridad sexual; el derecho a tomar decisiones autónomas sobre su proyecto de vida, su cuerpo y su salud sexual y salud reproductiva .
 
Estos no podrán ser denegados por los servicios de salud cuando las y los adolescentes los requieran. Los servicios de salud públicos o privados que faciliten el uso de métodos anticonceptivos a las y los adolescentes, deberán entregar además información sobre salud sexual integral como sobre la correcta utilización de métodos anticonceptivos, los riesgos de iniciar una vida sexual en forma precoz, los efectos de un embarazo adolescente y orientación en torno a factores de riesgo.
 
En el tema de adopciones, se determina que las medidas de apoyo para la reinserción familiar, no pueden extenderse más de seis meses, cuando hay orfandad respecto a ambos progenitores dentro del proceso de investigación para dar con el paradero de los progenitores y parientes, en caso de no encontrarlo el juez debe declarar de inmediato la adoptabilidad.
 
Para los casos de niñas o niños menores de doce meses de edad abandonados o entregado a terceros o instituciones públicas o privadas, el juez debe declarar su actitud legal para ser adoptado en el término máximo de tres meses, el proceso de adoptabilidad tiene que hacerse por vía sumaria, la decisión del juez debe notificarse a la unidad de adopciones en tres días. 
 
Este 9 de marzo, la comisión ocasional en su orden del día constaba la aprobación del informe para segundo debate, pero su trabajo se centró a una nueva revisión de algunos textos donde no había consenso, debatir las disposiciones generales, transitorias y reformatorias. La sesión que se instaló a las 08H00 se suspendió a las 13H42.
 

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