Consejo de la Judicatura emitirá certificados sobre antecedentes por delitos de drogas

La institución asume la competencia que hasta ahora correspondía a la UAFE.

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó un nuevo reglamento que permitirá emitir, de forma virtual, tres certificados relacionados con personas registradas en la base de datos de sentencias por delitos vinculados con sustancias estupefacientes.

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La resolución fue adoptada durante la sesión ordinaria N.° 109-2026, realizada el 4 de agosto de 2026, y marca el traspaso de esta competencia, que anteriormente era ejercida por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

¿Qué certificados emitirá el Consejo de la Judicatura?

Con la aprobación del reglamento, el Consejo de la Judicatura será la entidad encargada de expedir en línea los siguientes documentos:

Certificado de no constar en la base de datos de personas con sentencia condenatoria por delitos relacionados con sustancias estupefacientes.

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Certificado de homonimia, que acredita que una persona tiene el mismo nombre y/o apellidos que otra registrada en esa base de datos, pero que no corresponde a la misma identidad.

Certificado de exclusión, que acredita que una persona fue retirada de la base de datos tras cumplir la condena, obtener un sobreseimiento, la ratificación de su inocencia, cancelar las multas correspondientes u otras causas previstas en la normativa.

El Consejo de la Judicatura informó que, tras la aprobación del reglamento, se abrirá un plazo de 30 días para realizar los ajustes técnicos y administrativos necesarios que permitan la emisión electrónica de estos certificados.

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Con esta medida, la institución asume formalmente la competencia que hasta ahora correspondía a la UAFE.

El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización se sanciona en cuatro escalas, determinadas por la cantidad de droga incautada.

En los casos de gran escala, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de libertad de entre 22 y 26 años.