Minería artesanal en Ecuador con nuevo instructivo de permisos para actividad

Sandra Armijos Medrano
El instructivo está dirigido a personas naturales que trabajen de manera individual, familiar o asociativa en actividades de minería artesanal. Foto cortesía

El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables (MERNNR), a través de su Viceministerio de Minas, expidió el Instructivo para el Otorgamiento, Administración y Extinción de Permisos para realizar Actividades de Minería Artesanal y de Sustento de Minerales Metálicos y no Metálicos en Ecuador. 
 
El documento, emitido mediante Acuerdo Ministerial Nro. MERNNR-MERNNR-2020-0045-AM, establece los requisitos y norma el procedimiento de otorgamiento, administración y extinción de permisos para la minería artesanal en el Ecuador. El mismo está dirigido a personas naturales que trabajen de manera individual, familiar o asociativa en estas actividades.
 
El instructivo contempla cinco disposiciones principales: calificación de minero artesanal, graficación del área de interés, documentación habilitante (declaración juramentada sobre los minerales a explotarse, montos de inversión, volúmenes de producción, equipos y maquinaria a emplear, etc.), capacitaciones obligatorias y la eliminación de permisos provisionales por un plazo de 120 días para obtención de actos administrativos previos.
 
El MERNNR informó que las solicitudes ingresadas antes de la fecha de expedición del documento seguirán tramitándose con la normativa anterior, sin embargo, los nuevos permisos o renovaciones deberán cumplir con lo establecido en el nuevo instructivo vigente a partir de su publicación en el Registro Oficial.
 
El Ministerio, junto con la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC), serán los encargados de revisar y evaluar el cumplimiento de los requisitos previa otorgar, renovar o extinguir los permisos para estas actividades.