COE Nacional solicita el cierre de playas los días 2, 3 y 4 abril, para frenar contagios de COVID-19

Carolina Farfán
COE Nacional solicita el cierre de playas los días 2, 3 y 4 abril, para frenar contagios de COVID-19

Para frenar el aumento de contagios de la COVID-19 en el territorio ecuatoriano, debido a la proximidad del feriado de Semana Santa, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional hizo varias disposiciones a los COE cantonales. Así lo informó el presidente de la República, Lenín Moreno, este lunes 29 de marzo de 2021.
 
Se analizaron los datos presentados por el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y Registro Civil, referentes a la situación epidemiológica, capacidad hospitalaria y número de fallecidos por la COVID-19 en el país. “Los resultados, tal como lo veníamos previendo, son muy complejos y preocupantes”, dijo Juan Zapata, presidente del COE Nacional.
 
Con el fin de evitar aglomeraciones, se solicitó a los COE Cantonales el cierre de las playas los días 02, 03 y 04 de abril de 2021.
 
Los eventos masivos se mantienen suspendidos, por lo que se solicitó a los 221 COE cantonales que no se emitan permisos para el efecto, bajo ninguna circunstancia.
 
Mientras que, a los ministerios de Gobierno y Turismo, en el ámbito de sus competencias, se les solicita que emitan el instrumento jurídico correspondiente que prohíba el consumo y expendio de bebidas alcohólicas los días domingo, hasta que el COE levante dicha medida.
 
En relación a los feriados que se aproximan se decidió suspender el expendio de bebidas alcohólicas, a partir de las 18h00, los días viernes 2, sábado 3, viernes 30 de abril y sábado 1 de Mayo, en los locales regulados por las carteras de Gobierno y Turismo.
 
Además, se restringirá la movilidad de vehículos livianos particulares en los ejes viales nacionales, desde las 00h00 hasta las 12h00, de la siguiente manera:
 
-Jueves 1 y sábado 3 de abril: no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea PAR (se incluye el cero).
 
-Viernes 2 y domingo 4 de abril: no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea IMPAR (se excluye el cero).
 
El transporte intra e interprovincial se sujetará a la restricción por último dígito de placa, y para ello se coordinará con las terminales terrestres y las autoridades competentes para el cumplimiento del 50% de las frecuencias con el 75 % de aforo. El COE resolvió que queda prohibida la emisión y el uso de salvoconducto para esta modalidad hasta que la Agencia Nacional de Tránsito lo disponga.
 
Se mantendrá la libre movilidad de vehículos que sean utilizados en actividades en la cadena logística en el territorio nacional, entre las cuales están carga pesada, carga liviana, carga mixta y buses con encomiendas.
 
Las medidas de restricción de circulación vehicular no se aplicarán en casos de emergencia médica comprobada; así como para las personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores productivos, para lo cual deberán portar sus credenciales, guías de remisión, RUC o RISE. Y en los casos en que se requiera movilización hacia aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular.
 
Las autoridades exhortan a la ciudadanía en general, extremar la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, respeto de los aforos, distanciamiento social, no concurrir a sitios sin ventilación). En caso de decidir viajar fuera de sus lugares habituales de residencia, preferir los lugares y espacios abiertos ventilados, y; hacerlo en compañía de las personas con quienes convive.
 
"¡Seguimos vacunando pero es necesario tomar acciones para proteger a ecuatorianos!  Recuerden, la responsabilidad ciudadana es vital para frenar el aumento de casos", resaltó Moreno.
 
En el caso de Guayaquil, este fin de semana el Coe cantonal resolvió que, desde las 00h00 de este 29 de marzo regirán medidas restrictivas con la finalidad de controlar la velocidad de propagación del COVID-19, durante el feriado de Semana Santa y segunda vuelta electoral.
 
Entre las disposiciones: se regula el horario de expendio de bebidas alcohólicas de 06h00 a 17h00 en licoreras, depósitos, minimarkets, gasolineras y locales autorizados.
 
Además, rige la restricción vehicular particular desde las 00h00 hasta las 05h00. Con excepción al abastecimiento de alimentos, salud, atención a sectores estratégicos, transporte desde y hacia el aeropuerto y las que considere la Agencia de Tránsito Municipal.