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Legislativo viabiliza Ley de Modernización a la Ley de Compañías, tras resolver veto parcial del Ejecutivo

miércoles, 2 diciembre 2020 - 09:50
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La Asamblea Nacional, en la sesión 688 del Pleno realizada el 1 de diciembre de 2020, resolvió el veto parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley de Modernización a la Ley de Compañías. Los parlamentarios por unanimidad, ratificaron 25 artículos aprobados por el Parlamento (121 votos) y se allanaron a 20 sugerencias del Mandatario, porque son de forma y mejora el texto de la propuesta legal (120 votos). 
 
Según informó el Legislativo, el proyecto establece un marco normativo moderno para el sector societario del país, simplifica los trámites que se deben realizar en las diferentes instancias y apoya a la reactivación del sector productivo para que las empresas puedan adaptarse a las nuevas condiciones que demandan la sociedad y la economía. Se actualiza la normativa que data de 1964.
 
El asambleísta Esteban Albornoz, ponente del proyecto, dijo que con la normativa se pretende conseguir una simplificación de trámites, establecer un marco moderno, eliminar elementos innecesarios porque la ley vigente data de hace 56 años. Agregó que, con estas reformas Ecuador contará con una ley de avanzada a nivel societario, qie fortalecerá al sector productivo y permitirá generar empleo.
 
Ratificaciones
El Pleno se ratificó en el artículo 21 que determina que el estatuto social podrá establecer causales de separación voluntaria de socios, con el fin de resolver desacuerdos fundamentales entre los miembros de la compañía de responsabilidad limitada y facilitar su salida rápida de estos casos.
 
El artículo 22, por el cual se determina que el estatuto social podrá incluir una cláusula de compromiso como un mecanismo para resolver los desacuerdos entre los miembros de la sociedad, siempre que el conflicto recayere sobre materia transigible, en tal caso procederá el arbitraje en derecho.
 
Ratificaron el texto aprobado por el Parlamento respecto del artículo 25 por el cual se determina la obligación del representante legal de la compañía de notificar el referido aviso a los accionistas, a través de correo electrónico. Al 26, que entre otros aspectos determina que al momento de instrumentarse un aumento de capital, deberá incluirse una cláusula que contenga la declaración bajo juramento del representante legal, de la veracidad y autenticidad de la información proporcionada mediante documentación de soporte que sustente el aumento de capital.
 
También se ratificó los artículos 28, 32, 35, 38, 42, 47, 49, 51, 52, 54, 55, 59, 60, 61, 73, 93, 96, 114, 116, 124 y 136.
 
Allanamientos
Los parlamentarios se allanaron al artículo 4 que permite que todos los socios y accionistas de las compañías accedan a toda la documentación societaria, con el objeto de que puedan tomar decisiones informadas; esto ayudaría a fomentar transparencia corporativa. Al artículo 5 que asegura la obligación de revelar a las personas que se encontraren detrás del manto societario.
 
Además, al artículo 9, por el cual se recomienda excluir los casos de reactivación de las compañías en proceso de liquidación y del establecimiento de sucursales. Se precisa que el establecimiento de sucursales de compañías extranjeras se sujetará al procedimiento previsto en esta ley.
 
También se allanaron al artículo 12 sobre el consentimiento unánime de los socios de una compañía de responsabilidad limitada para autorizar una cesión de participaciones podría ser expresada en junta general o fuera de ella. Mientras que, el artículo 14 determina el proceso a observarse cuando sociedades o personas jurídicas extranjeras participen en el capital social de una compañía de responsabilidad limitada nacional.
 
Así mismo, acogieron las sugerencias planteadas por el Ejecutivo a los artículos 16, 20, 24, 39, 41, 44, 48, 50, 68, 76, 77, 78, 98, 125 y 127, que favorece la simplificación en apertura de establecimientos de empresas extranjeras; simplifica la presentación de documentación para inversionistas extranjeros, mejora el detalle del manejo de junta de accionistas, precisa la validez de las actas y resoluciones realizadas en las juntas.
 
La ley contiene en total 145 artículos y en los próximos días el Parlamento enviará el documento al Registro Oficial para la respectiva publicación.

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