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Paulina Araujo: “Herramienta para infundir miedo”

martes, 21 octubre 2014 - 01:20
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El Gobierno y la Asamblea presentaron al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que rige en el país desde el 10 de agosto de 2014, como una ley moderna para proteger a los ciudadanos. ¿Entramos en una nueva era del Derecho Penal con el COIP?
Un código o ley penal debe cumplir con tres requisitos esenciales: ser autónoma, clara y unívoca. Autónoma porque debe bastarse a sí misma, y si tiene que remitirse a otra ley debe ser muy clara en la remisión. Un ejemplo: en la mala práctica dice que para inhabilitar a un profesional “será el tiempo que diga la ley”, ¿qué ley? La ley penal debe ser clara, no dirigida solo a abogados, fiscales o jueces. Si no, ¿cómo la persona puede tener conocimiento y voluntad en un delito si no tiene claro qué es lo que le están prohibiendo? Además debe ser unívoca, es decir debe admitir una sola interpretación. ¿Cuál? La gramatical. Por eso no es fácil hacer un código penal, su redacción debe admitir una sola interpretación, porque a fin de cuentas esta es la única ley que restringe derechos. El COIP no cumple con estos tres principios.

¿Para usted es una ley antitécnica?
Sí es una ley antitécnica. Hasta en el ámbito procesal, hay un artículo que se llama “actos urgentes de Fiscalía” vinculado a allanamientos, que permite a los fiscales hacerlos con una orden del juez que puede ser por escrito, llamada telefónica, por correo electrónico y le ponen la palabra que es pecado en un código penal: “ente otros”. Al poner “entre otros”, “cualquiera”, “de cualquier forma” se rompe el esquema de lo unívoco. El Derecho Penal busca ser el limitante del poder sancionador y esto se realiza primero haciendo bien los delitos, segundo poniendo las reglas del juego de procedimiento clarísimas.

Los asambleístas de Alianza PAIS proclaman entre las bondades del COIP, con las nuevas figuras que han creado, una ley más dura que fortalecerá la seguridad ciudadana…
Hasta ahora nadie me ha explicado por qué el otorgamiento de contratos a dedo ya no está considerado como peculado. Se lo sacó de ahí y se lo puso como tráfico de influencias. Esta figura ha sido la más clara forma de peculado. Al sacarla ahora sí prescribe y ya no puede ser juzgada en ausencia, con una pena de cinco años. Al sacar esta figura volvemos a la impunidad.

¿Es duro el Código?
Rompe con otro principio fundamental: la proporcionalidad de la pena con relación al delito. ¿Cómo puede ser que por un delito de tránsito, que no engendra dolo (intencionalidad), se puede ir de 10 a 12 años si causa la muerte de una persona y por el otro, que sí se comete con conocimiento de que se infringe la Ley, cinco años? Un código penal debe ser lógico, si van a ser duros con el que ejerce sin título, con los médicos, con el que es cruel con los animales, ¿cómo no va ser duro con el que afecta el dinero de todos los ecuatorianos? Estos delitos que se relacionan al mal manejo de dinero son silenciosos, pero no por eso dejan de ser graves. Por eso las constituciones, desde 1998, han puesto estas conductas sobre la corrupción con sanciones duras.

¿Cómo el ciudadano común puede saber dónde están los límites?
Ahora el ciudadano común está expuesto a que cualquiera pueda denunciar, y de que un fiscal deberá investigar. Se enfrenta a un gran poder sancionador sin límites. Si hay un poder duro que tiene el Estado es el de sancionar, por eso debe ser claro.

¿Se han incorporado decenas de nuevos delitos, avanzamos así en el tema penal?
Una de las novedades es que el COIP también sanciona a las empresas, solo a la empresa privada. Una figura que ya se maneja en Europa y en Brasil, pero para lanzar un cambio de este calibre hay que saber teoría del poder empresarial… Así como para la persona hay la posibilidad de agravar o atenuar la conducta, sería justo que lo hubiera para la empresa, pero aquí no hay y el riesgo es que las medidas cautelares sean más graves que la pena. Por ejemplo la clausura temporal es una medida cautelar. Esto puede llevar a la quiebra y al desamparo de todos los trabajadores. En este ámbito las penas más altas son los delitos ambientales, económicos (no pagar los precios justos de productos agrícolas), el incumplimiento de la oferta al consumidor. ¡En tres artículos se abarca todo el tema de las empresas!

¿Y las otras nuevas figuras?
Los medios hablan de hasta 70 nuevos delitos. Hay delitos que antes no teníamos como la manipulación genética, esterilizar a una persona sin su consentimiento, pánico financiero y económico. Y ahí viene un problema, si parto de estos dos pánicos que parte del eje rector de divulgar noticias falsas, un fiscal podrá trabajar cuando ésta se haya calificado, ¿y quién la va a calificar? No hay norma clara ni unívoca. Además pone plazos de cinco días para señalar una audiencia, imposible de cumplir, se nota que quien hizo la norma nunca pisó un juzgado. Para que un delito sea sancionado con el COIP debe haber conocimiento y voluntad de dolo. ¿Cómo sé que es un delito difundir un rumor? ¿O revelar un secreto que pudiera causar daño? Esa redacción de libre interpretación no cabe en un código penal. El Derecho Penal se legitima cuando hay un daño, ¿cómo solo se puede presumir que va a hacer daño?

¿Cómo se va a practicar el Derecho Penal?
El COIP está condenado a ser reformado, de hecho antes de que entrara en vigencia ya el Presidente envió una reforma. No quisiera pensar que es tal la torpeza que se piensa que no se necesita rigor técnico para una ley. A los asambleístas les pagan para hacer esto. Si hay un código que debe ser claro debe ser el penal. Ahora estamos más indefensos. Y esto que digo no es oposición, es porque no saben la puerta que han abierto.

¿Entonces corre el riesgo de convertirse en arma política?
Más que política es un arma de persecución. Una ley tiene que cumplir la tridimensionalidad del derecho, la norma, el hecho y el valor. Para hacer la norma tomo el hecho y el valor lo que se va proteger para que tenga legitimidad, y en función de ambos hago la norma. Este derecho no cumple con eso.

¿Estamos más desprotegidos que con el anterior código?
En este proceso me aterró lo que dijo Mauro Andino a los medios: si la denuncia ya en el curso de la causa se determina que no fue no pasa nada. Al parecer no sabe lo que es un proceso penal. Pero el problema no solo es de la Asamblea. En el Ecuador a la gente le gusta denunciar y hay abogados inescrupulosos que esperaban al COIP para empezar a presionar. Frente a esto, todos vamos a tener que poner un grano de arena: la sociedad comprometerse a no poner denuncias para sacar dinero, los profesionales del Derecho enseñar a jueces y fiscales con alegatos. Si había una ley que debía ser hecha con conciencia, con lógica y con sentido de realidad nacional y responsabilidad era ésta, porque es la mejor herramienta para infundir miedo.

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