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¿Qué pasa si no voy a votar?

martes, 19 marzo 2019 - 05:21
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En Ecuador el voto es obligatorio para los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 65. Es optativo para ecuatorianos de 16 a 17, mayores de 65, residentes en el extranjero, miembros activos de la policía y las fuerzas armadas, personas con discapacidad o analfabetas, y extranjeros con más de cinco años de residencia en el país.
 
Según el Código de la Democracia, las personas obligadas a votar que no acudan a sufragar serán multadas con el 10% de un salario básico, que actualmente es de 394 dólares. Es decir, deberán pagar una multa de USD 39.40 para obtener su certificado de votación,  un documento necesario para diversos trámites públicos y privados. 
 
Quienes hayan sido designados miembros de las Juntas Receptoras del Voto y no cumplan con la convocatoria serán multados con el 15% de un salario básico, es decir USD 59,10. Son dos multas que se acumulan: sí la persona no llega para integrar la junta y tampoco a votar, el monto total es de USD 98,50. El pago puede hacerse en cualquier delegación provincial de Consejo Nacional Electoral, presentando la cédula de identidad original.
 
La ley contempla las siguientes justificaciones que exoneran el pago de multas: mandato legal (privación de la libertad), impedimento de salud o físico comprobado, calamidad doméstica grave (muerte de un familiar cercano), estar ausente del país o por cambio de domicilio. Se debe llenar una solicitud y cumplir con ciertos requisitos según el caso. 
 

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