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¿Podrán votar los privados de libertad o quienes poseen boletas de apremio?

miércoles, 20 marzo 2019 - 12:32
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En estas próximas elecciones seccionales y de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, más de 13 millones de habitantes ejercerán su derecho al voto, incluyendo a personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada y a quienes enfrenten boletas de apremio, auxilio o de captura. 
 
De acuerdo con el cronograma electoral, a partir de las 08h00 de este 21 de marzo, 9.847 personas privadas de la libertad, sin sentencia condenatoria ejecutoriada ejercerán su derecho al voto a nivel nacional. De ellas, 9.310 son hombres y 537 son mujeres, y votarán a través de 65 juntas receptoras.
 
Julio Candell, presidente de la Junta Provincial Electoral del Guayas, indica que tan solo en la provincia, estarán instaladas 19 juntas receptoras del voto para recibir a 4.896 personas privadas de la libertad sin sentencia ejecutoriada. En estos casos la conformación de las juntas receptoras del voto están diseñadas para que sus miembros sean un representante del Consejo Nacional Electoral, el director del Centro de Rehabilitación o un representante del mismo y una persona privada de la libertad que cumpla con diferentes características apropiadas de comportamiento.
 
En el caso de quienes tengan una boleta de apremio, la cual es emitida por un juez de la Niñez y Adolescencia con el fin de obligar al padre a cumplir con el pago de dos pensiones continuas, Martín Acosta, miembro del directorio principal del Colegio de Abogados del Guayas, afirma que ninguna de estas personas pueden ser restringidas en su derecho y garantía constitucional de sufragar. 
 
Sin embargo, al momento que la persona se acerca a ejercer el derecho de sufragio inmediatamente el presidente de mesa constata si esta tiene una orden de detención o aprehensión y luego de haber ejercido su voto la persona puede ser aprendida inmediatamente. Lo mismo aplica para las personas denunciada a quienes se les haya emitido o incumplan las medidas cautelares por violencia intrafamiliar.
 
En las votaciones pasadas, de febrero de 2018, fueron detenidas 543 personas con boletas de apremio y 107 por boletas de captura a nivel nacional.
 
José Vargas, coronel de Policía de Estado Mayor, comenta que en los casos de las boletas de apremio, por lo general son las personas denunciantes quienes se acercan al agente de policía para señalar al demandado y en el procedimiento normal este verifica sus datos. Luego, de que haya ejercido su derecho al voto, inmediatamente el agente procede legalmente a la lectura de la orden de detención, le indica cuáles son sus derechos constitucionales y posteriormente lo traslada a las autoridades competentes para que puedan otorgarle medidas cautelares o prisión preventiva.
 
En estas próximas elecciones seccionales y de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, estarán designados 1.947 policías para precautelar la seguridad de este proceso.
 
Adicional a ello, 2.793 agentes policiales de diferentes unidades, entre ellos del Servicio de Inteligencia antidelicuencial, criminalística, Interpol y otras, colaborarán en este proceso. 
 

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