¿Qué vehículos podrán circular en agosto dependiendo del semáforo epidemiológico?
Este 29 de junio el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional estableció qué vehículos podrán circular de lunes a domingo en el mes de agosto, dependiendo del semáforo epidemiológico en el que se encuentre cada cantón.
Circulación de vehículos particulares por semáforo:
1. Rojo
Lunes vehículos, con placas terminadas en: 1, 2, 3 y 7
Martes vehículos con placas terminadas en: 3, 4, 5 y 8
Miércoles vehículos con placas terminadas en: 4, 5, 6 y 9
Jueves vehículos con placas terminadas en: 6, 7, 8 y 0
Viernes vehículos con placas terminadas en: 1, 2, 9 y 0
Sábados y Domingos, no circulan vehículos particulares.
2. Amarillo
Lunes, miércoles, viernes circulan vehículos con placas impares.
Martes, jueves, sábado, vehículos con placas pares.
Domingo 2, 16 y 30 de agosto circulan vehículos con placa IMPAR.
Domingo 9 y 23, circulan vehículos con placa PAR.
3. Verde
Lunes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 6, 8 y 0
Martes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 5, 7 y 9
Miércoles, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 4 y 0
Jueves, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 9
Viernes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 6 y 8
Sábados, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 5
Domingo, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 4 y 7.
Lea también: Prohibida venta de licor en 18 provincias durante los próximos dos fines de semana
Disposiciones generales respecto al movilización en todos los cantones:
Semáforo rojo
- Horario de toque de queda: 18h00 a 05h00
- Autos particulares y motocicletas circulan 2 días a la semana de lunes a viernes, no circulan sábado y domingo.
- Taxis, transporte mixto y carga liviana par e impar de lunes a sábado; domingo circulan todos sin restricción de placa.
- Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa, cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
- Transporte urbano podrá circular conforme las restricciones establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad.
- Transporte Interprovincial no puede circular.
Semáforo amarillo
- Horario de toque de queda de 23h00 a 05h00.
- Vehículos particulares circulan conforme al último dígito de la placa: impares circulan: lunes, miércoles y viernes; pares circulan: martes, jueves y sábado. Los domingos 2, 16 y 30 de agosto circulan vehículos con placa impar; los domingos 9 y 23 circulan los vehículos con placa par.
- Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción del número de su placa.
- Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
- Transporte urbano al 50% de su aforo.
- Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
- Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
Semáforo verde
- Se elimina el toque de queda.
- El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo, conforme al último número de la placa.
- Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, circulan todos los días.
- Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos emitidos para este fin.
- Transporte urbano al 50% de su aforo.
- Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
- Transporte interprovincial únicamente, entre cantones en Amarillo o Verde que han acordado la prestación del servicio a través de sus terminales terrestres.
El COE Nacional también anunció disposiciones exclusivas para los cantones en amarillo de las provincias: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe.
- Se mantiene el toque de queda de 21:00 a 05:00 de lunes a jueves; de viernes a domingo regirá de 19:00 a 05:00.
- El servicio de entrega a domicilio (delivery) podrá funcionar hasta las 22h00.
- Se prohíbe la venta de licor de viernes a domingo, con excepción de restaurantes de la categoría 4 autorizados por el Ministerio de Gobierno, y turísticos autorizados por Ministerio de Turismo, únicamente como bebida de acompañamiento.
- Se recuerda que están prohibidas todo tipo de reuniones sociales.