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Implementos de bioseguridad también ingresaron ilegalmente al Ecuador

domingo, 25 octubre 2020 - 02:00
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Mascarillas, guantes, alcohol, visores y pruebas de COVID-19. No importó la emergencia sanitaria ni que el mundo atraviese una pandemia, el contrabando lucró también con estos elementos de bioseguridad, que en los primeros días de la emergencia en Ecuador eran escasos. A través de pasos irregulares los contrabandistas ingresaron clandestinamente estos productos.
 
La base de datos de la Unidad de Delitos Aduaneros y Tributarios de la Policía (UDAT) mostró como los decomisos comenzaron en marzo, primer mes de la emergencia sanitaria del país. Curiosamente el pico más alto se registró en mayor, primer mes completo bajo confinamiento obligatorio y horarios prolongados de toque de queda.
 
El movimiento de las bandas hizo que se ejecuten operaciones en diferentes provincias del país. Desde inicios de año hasta octubre, más de 260.750 implementos de bioseguridad fueron decomisados. En el mismo período del año pasado la cifra no alcanzaba las 12.975 incautaciones de este tipo de instrumentos.
 
 
Los agentes identificaron que los operadores trabajan en cadenas delictivas. El personal requerido se distribuye en tronchas con pequeñas cantidades. Estas son almacenadas en viviendas o bodegas clandestinas en las ciudades fronterizas. Luego se movilizan en camiones o vehículos pequeños a Quito o Guayaquil. A pesar de las restricciones de movilidad que regían en el país, estas personas operaban con vehículos con doble fondo y obtenían un salvoconducto.
 
En total se han realizado 989 operativos con 216 agentes encargados, desde el comienzo de la emergencia sanitaria hasta actualidad. Constatan que la actividad ilegal ha decrecido. Los insumos incautados fueron almacenados en bodegas. Aduanas informó que luego se las entregaron a Ministerio de Salud.
 
 
De hecho, las cifras oficiales evidencian como el contrabando de insumos médicos y de bioseguridad para la lucha contra el coronavirus se posicionó en el segundo lugar. Relegó por completo a la importación ilegal de ropa, alimentos o electrodomésticos. Solamente le superan el contrabando de cigarrillos.
 
El contrabando es tipificado como delito en el artículo 301 del Código Orgánico Integral Penal y se constituye cuando una persona evade los controles aduaneros para ingresas mercancías con valores superiores a $4.000. Tiene una pena de 3 a 5 años. Los delitos relaciones a este son la asociación ilícita o falsificación de documentos públicos.

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