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Flexibilizan pedido de pasado judicial a venezolanos

lunes, 4 febrero 2019 - 12:31
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La Cancillería y el Ministerio del Interior suscribieron el viernes 1 de febrero de 2019 un Acuerdo Ministerial (002) con exoneraciones del pasado judicial para los migrantes venezolanos en cuatro casos.

La medida, que se hizo pública este sábado 2 de febrero, contempla que “no será exigible el certificado de antecedentes penales previsto en el Acuerdo Interministerial 001 del 21 de enero de 2019, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio del Interior” para casos extraordinarios:

1. Mantener vínculos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (como hijos o nietos) o de afinidad (esposos, suegros, cuñados, sobrinos, etc) con ecuatorianos que residan en el país.

2. Poseer una visa de residencia en Ecuador válida y vigente.

3. Ciudadanos venezolanos de cualquier edad que utilicen el territorio nacional como ruta de tránsito y acrediten poseer una visa o permiso migratorio del país de destino.

4. Casos excepcionales determinados por la autoridad de control migratorio competente, o a pedido del ente rector de la Movilidad Humana en el país.

De acuerdo con el documento expedido por la Cancillería, “el documento entra en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial”.

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