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Asambleístas analizan régimen de protección económica para hijos de hasta 21 años

miércoles, 6 enero 2021 - 12:47
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La Comisión legislativa que atiende temas y normas de la Niñez y Adolescencia profundizó, este martes 5 de enero de 2021, su análisis en el Régimen de Protección Económica.
 
Hubo propuestas de ampliarla hasta los 24 años; sin embargo, se indicó que lo recomendable es que las personas adultas hasta la edad de 21 años que demuestren que se encuentren cursando estudios, en cualquier nivel educativo, que les impida o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes, reciban la protección económica. El tema quedó pendiente para votación.
 
El Código está dirigido a niños y adolescentes, por ello se determina que la protección económica terminará a las 18 años si el alimentante no está cursando algun nivel de estudios.
 
También se establecieron excepciones, porque en la normativa se propone que las personas de cualquier edad que padezcan de una discapacidad, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas y que sus circunstancias físicas o psicológicas les impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí mismas, deben tener protección económica.
 
Establecieron beneficios adicionales, es decir, además de la pensión mensual de régimen de protección económica, el derecho a percibir, por ejemplo, los subsidios legales o convencionales por carga familiar que reciba el obligado y se determina las fechas que se deben entregar esos beneficios; además, se determina intereses por mora por cada día de retraso en el pago de prestación del Régimen de Protección Económica.
 
A su vez, en el nuevo Código prevé las causales por las que se establecería la extinción del derecho de protección económica, por ejemplo: por muerte del titular del derecho o por muerte de todos los obligados al pago. Igualmente, se determina inhabilidades de quienes adeuden asignaciones económicas, quienes serán incorporados al registro de Deudores que elabora y publica el Consejo de la Judicatura, por tanto, no podrán ser canditados a cualquier dignidad de elección popular, ocupar cargo público para el cual hubiere sido seleccionado en concurso, entre otros.
 
Se establece un nuevo artículo por el cual se determina que el Consejo Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes será el encargado de elaborar una tabla del régimen de protección económica de mujeres embarazadas
 
La mesa legislativa en las dos jornadas de trabajo analizó el 80 % del articulado del Libro II sobre derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en sus relaciones de familia. El 20 % restante será debatido en la sesión prevista para este miércoles 6 de enero.

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