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Procesan a implicados por robo y apuñalamiento a una mujer en El Chaquiñán, en Quito

martes, 11 enero 2022 - 10:28
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Dos hombres identificados como Luis Joel G. y Ricardo Omar V. fueron procesados por su presunta participación en el delito de robo en el sector de El Chaquiñán, en Quito.

La víctima, una mujer de 50 años, terminó con heridas causadas con un arma punzocortante, tras resistirse a que le arrebataran sus pertenencias.

Según la denuncia y la versión de la víctima, el delito se habría perpetrado la mañana del sábado 8 de enero, mientras ella caminaba por el sector de El Chaquiñán, en la parroquia Cumbayá, en el nororiente de Quito.

Luis Joel G. y Ricardo Omar V. intentaron apoderarse de sus bienes, pero al oponer resistencia, uno de los implicados la agredió con un arma blanca, ocasionándole varias heridas.

La Policía ejecutó un operativo para ubicar a los procesados, localizándolos –en flagrancia– dentro de una unidad de transporte público.

Ambos procesados fueron reconocidos por la mujer a la que, presuntamente, intentaron robar minutos antes de su captura.

En la audiencia de calificación de flagrancia, el fiscal de turno, Cristian Camacho, formuló cargos en contra de los dos procesados.

Entre los elementos de convicción valorados por una jueza de Garantías Penales se incluyen: la denuncia y versión de la víctima, el informe técnico pericial de reconocimiento de evidencias, el examen médico-legal practicado a la agraviada, entre otros.

La jueza consideró que el pedido planteado por el Fiscal para que se dicte la prisión preventiva de los sospechosos estuvo motivado, según los requisitos del artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Asimismo, aceptó las medidas de protección solicitadas por Fiscalía a favor de la víctima, específicamente las del artículo 558, numerales 1, 2 y 3, del mismo cuerpo legal: prohibición a la persona procesada de concurrir a determinados lugares o reuniones, prohibición a la persona procesada de acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren, prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros.

La instrucción fiscal tendrá una duración de noventa días y se abrió con base en el artículo 189, inciso primero, del COIP: “La persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.

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