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Asamblea aprueba Ley de Incentivos Tributarios

miércoles, 5 octubre 2016 - 09:10
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Con 94 votos a favor, la Asamblea Nacional se allanó este 4 de octubre de 2016 a la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios sectores productivos  e Interpretativa del Artículo 547 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.
 
El 23 de septiembre de 2016, el Ejecutivo hizo tres observaciones de forma y una de fondo al proyecto, aprobado el 2 de septiembre por el legislativo. La Comisión de Régimen Económico y Tributario analizó y aprobó las observaciones hechas por el presidente de la República, Rafael Correa.
 
Según el titular de la comisión, Virgilio Hernández, las empresas que más afilian a medicina prepagada son las medianas y grandes, por lo que la deducción del 100% para todas, que es la propuesta hecha por el Ejecutivo en el veto, significa un mayor incentivo para que se afilie a los trabajadores a la salud prepagada.
 
Pero para el asambleísta independiente Ramiro Aguilar, existen tres ejes que se deben analizar sobre la salud prepagada.
 
El primero —dijo— tiene que ver con la necesidad de depurar el sistema de medicina prepagada, es decir, que se queden las que tienen la solvencia para atender la cobertura de sus afiliados.
 
El segundo eje es la necesidad de que el Seguro Social, si actúa con una lógica de hospital privado y aplica a las pólizas de quienes tienen medicina prepagada, reinvierta ese dinero en los servicios hospitalarios que presta y el tercer eje es que la gente entienda que quien tenga un seguro de medicina prepagada no será obligado a atenderse en la Red de Salud Pública, por lo que descartó que existan afectaciones para las empresas que ofertan seguros de medicina privada.
 
Hernández insistió en que se incentiva a los empresarios para que establezcan planes de medicina prepagada para sus trabajadores, con esto se descongestionaría la atención de salud y permitiría la atención ágil para las personas que solo tienen una opción.
 
Otros incentivos
 
La normativa prevé la devolución del pago del impuesto mínimo o pagado en exceso, cuando supere el rango establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Se modifica el rango del Impuesto Único de 1% a 2% del total de ingresos para otros sectores agropecuarios diferentes al bananero. Se da el mismo tratamiento de las microempresas y a Empresas de Economía Popular y Solidaria en el pago del anticipo del Impuesto a la Renta (IR).
 
Se otorga un incentivo al retorno de capitales con modificación al Impuesto a la Salida de Divisas, exonerando a capitales retornados, que deben ser destinados a actividades productivas que permanezcan en el país al menos dos años.
 
Se introdujo una transitoria para mantener por 10 años la vigencia del Régimen del Impuesto Único para el pago del Impuesto a la Renta y se exonerara del pago de la patente municipal a agricultores y pecuarios, que no son sujetos de cobro.
 
En cuanto al sector de la transportación, el incentivo se extiende para los transportistas pesados y sus acoples, a los que también se les quita el valor de sus vehículos en el cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta.

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