Uniones gays ya son legales
La nueva Constitución abrió el paraguas arco iris que permite legalizar uniones del mismo sexo. Solo en agosto, al menos cuatro parejas de hombres sellaron sus compromisos en Quito.
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Por Pedro Artieda
Tras haber permanecido juntos durante cinco años, Jorge (30) y Manuel (36) intentaron formalizar su unión el jueves 20 de agosto en la Notaría Quinta del cantón Quito. “Era importante legalizar nuestra relación, sobre todo para compartir los bienes que tenemos”, dice Jorge, auditor. El intento fue fallido. El notario Quinto, Luis Navas, se negó a firmar el documento.
istazo intentó entrevistarlo para recoger su argumento: el Notario explicó que por carga de trabajo no disponía de tiempo para esta entrevista.
La pareja de Jorge, tripulante de vuelo, inició un recorrido por varias notarías. A pesar de que el artículo 68 de la Constitución reconoce las uniones de hecho entre dos personas, independientemente de su género, no todas las dependencias notariales abren sus puertas para legalizar uniones de hecho del mismo sexo.
Xavier (33) y Tyler (37) tuvieron una suerte distinta. Legalizaron su unión en la Notaría Séptima el 12 de agosto pasado, tras nueve años de mantener “una relación estable y monogámica”. “Nos unimos por fines prácticos: bancos, herencias, adquisición de propiedades… Al no poder hacerlo antes, uno se convertía en ciudadano de segunda categoría”, afirma Xavier. Recuerda que hace siete años, cuando llegó del exterior con su pareja, ésta tuvo que sacar una visa como inversionista para establecerse legalmente y seguir viviendo juntos. “Y, cuando él se quedó sin trabajo, no pudo acceder al seguro de salud de la empresa donde yo trabajaba”. Tyler resalta que este país ha dado grandes pasos.
“Está mucho más avanzado que los Estados Unidos en el tema de derechos humanos. La Constitución es de avanzada al frente al reconocer que cualquier ser humano puede unirse con otro ser humano”.
Andrés Buitrón, asesor legal de la Fundación Ecuatoriana Equidad, que trabaja a favor de los derechos humanos de la comunidad GLBT, afirma que le tomó alrededor de dos semanas de cabildeo concluir estos trámites.
¿Por qué? “Por tratarse de un tema nuevo, sensible y que rompe esquemas”.Buitrón consiguió unir a Jorge y Manuel en la Notaría Trigésimo Séptima que, al 14 de agosto pasado, ya había unido a dos hombres más que llevan 23 años de convivencia.
Efraín Soria (40) es coordinador de programas de la mencionada fundación. Con su pareja, Javier Benalcázar (30), se quejó ante el Ministerio de Justicia porque ciertas notarías están renuentes a aceptar el trámite.
Gabriela Espinoza, de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, explica que esta dependencia ofició al presidente del Consejo Nacional de la Judicatura. “Se le recordaron las normas constitucionales que obligan al directo cumplimiento de los derechos humanos por parte de los funcionarios públicos, se condenó la actitud sexista y discriminatoria de los notarios, y se advirtió la pena de uno a tres años que prevé el Código Penal”, explicó la funcionaria a Vistazo.
Tras dos años y siete meses de noviazgo, Soria y Benalcázar se preparaban a consolidar su unión, al cierre de esta edición.
“La sociedad debe pensar en otras reglas de convivencia y adaptarse a los nuevos vientos de paz”. Legalizar estas uniones de hecho en notarías es un hito en la historia de los movimientos GLBT ecuatorianos. Antes de la vigencia de la Constitución de Montecristi, se constituían sociedades en el ámbito mercantil societario. La primera vez que flameó la bandera del arco iris en el Ecuador (símbolo de la comunidad a nivel mundial), fue en noviembre de 1997, cuando se despenalizó la homosexualidad.
Legislación actual sobre las uniones de hecho
Artículo 68 de la Constitución
“La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la Ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio...”.
Título VI, artículo 222, Código Civil
“La unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señala este Código, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio...”.
Fundación Ecuatoriana Equidad argumenta que el procedimiento para el reconocimiento de las uniones de hecho ha sido ya establecido en el Art. 220 y siguientes del Código Civil. En concordancia con el artículo 68 de la Constitución del Ecuador, que reemplaza la frase ‘entre un hombre y una mujer’ por ‘dos personas’, se hace factible el reconocimiento de este tipo de parejas.
Blanca Gómez de la Torre, abogada independiente con 10 años de ejercicio privado y público, corrobora que la Constitución jerárquicamente está por encima del Código Civil.Kléber León |
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Jo |
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Diego Vaca |
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Ivan Molestina |
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Frank Montenegro |
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Jorge Pavon |
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Jorge Pavon |
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Jose Gabriel Tutiven |
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Ing. Santiago Díaz |
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David Ochoa |
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Andres Buitron |
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FIORENLA |
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Ernesto Checa |
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Rosita Paredes |
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